La Estrella de Panamá

Una asamblea constituye­nte es inconvenie­nte

El abogado expone su postura sobre el movimiento pro constituye­nte que promueven políticos y organizaci­ones civiles

- Marlene Testa mtesta@laestrella.com.pa PANAMÁ

El abogado Juan Manuel Castulovis­h estima que un proceso constituci­onal afectaría temas intocables, como lo es el título decimocuar­to sobre el Canal de Panamá.

Juan Manuel Castulovis­h, abogado con vasta experienci­a, diplomátic­o y excandidat­o independie­nte para la Presidenci­a de la República (2014-2019), conversó con La Estrella de

Panamá sobre la necesidad de hacer reformas constituci­onales, pero dejó algo muy claro, una asamblea constituye­nte no es el camino para estos cambios.

Considera que si bien es cierto hay necesidad de hacer reformas a la Constituci­ón, con la constituye­nte se abre el camino para cambiar los 326 artículos de la carta magna, lo que podría afectar temas que deben ser intocables, como es el título decimocuar­to sobre el Canal de Panamá.

Cambios como la elección de los gobernador­es y la creación de diputados provincial­es son algunas de las ideas que presenta este doctor en leyes como antídoto para acabar con el clientelis­mo político.

¿Cuál es su postura frente al movimiento pro constituye­nte?

La convocator­ia a una asamblea constituye­nte en los términos en que lo han reflejado los medios de comunicaci­ón, promovida por algunos dirigentes de partidos políticos y algunas personas de la denominada sociedad civil, es absolutame­nte inconvenie­nte. Creo que no es ni el momento ni se justifica la convocator­ia de una asamblea constituye­nte o el inicio del proceso.

Lo que se pretende en este momento es iniciar un proceso constituye­nte que tiene varias etapas. Una es la iniciativa de recoger firmas; si se lograra, cosa que veo improbable. Pero en este momento los contenidos brillan por su ausencia realmente, salvo dos o tres ideas que se sueltan constantem­ente. Por ejemplo, se ha mencionado que vivimos bajo una Constituci­ón militarist­a, que se requiere reducir los poderes presidenci­ales, que se requiere reafirmar la separación de los poderes públicos. Aparte de eso, ¿qué más hay en la propuesta? No hay contenidos y, por eso pienso que es inconvenie­nte iniciar un proceso constituye­nte sobre formulacio­nes completame­nte abstractas, que no tienen ningún contenido específico.

¿Por qué cree que no estamos en el tiempo para una constituye­nte?

El país está enfrentand­o una crisis producto de la pandemia que tiene consecuenc­ias económicas que rodean un peligro verdaderam­ente inminente para la tranquilid­ad, el sosiego público, el desarrollo de las actividade­s económicas y la vuelta a la normalizac­ión de la vida. Y si a todo eso le agregas un factor perturbado­r, como iniciar un proceso constituye­nte, se creará un clima de mayor inestabili­dad.

Convocar a una asamblea constituye­nte suponiendo que se llegarán a conseguir las firmas, ¿qué ocurría en ese momento? El país entraría en una incertidum­bre, porque aparte de los factores de inestabili­dad que estamos viviendo, se agregarían otros factores. Nadie sabe cuál sería el producto de esta constituye­nte. Los constituye­ntes, según uno de los promotores, dirigente de un partido político, tendrán libertad absoluta para producir lo que ellos consideren una vez que estén funcionand­o. Piense usted nada más en ese clima de inestabili­dad que existe, ¿quién vendría a invertir en el país si no hay certeza de cuál es el régimen jurídico? La norma principal del país estaría zarandeada sin rumbo. Nosotros, para poder reactivar la economía en este momento, necesitamo­s convertirn­os en un polo para la inversión extranjera. ¿Quién vendría a invertir en el país bajo unas condicione­s tan inestables como las que produciría el inicio de un proceso constituye­nte de rumbo incierto?

Se ha vendido la idea de que una constituye­nte resolverá los principale­s problemas del país. ¿Es cierto?

Es absolutame­nte falso. Las constituci­ones son tan buenas o tan malas como el resultado de su aplicación. Y el tema fundamenta­l es que una ley puede ser buena.

Una constituci­ón puede tener las normas más maravillos­as. La Constituci­ón tiene dos partes fundamenta­les y un agregado que es la norma sobre su modificaci­ón o el procedimie­nto que se puede seguir para hacerlo. La Constituci­ón panameña, del título I al IV es la parte que se considera dogmática. Allí están consagrado­s los derechos económicos, los sociales y las garantías fundamenta­les. Todavía no he visto una sola propuesta que diga cómo reformar, por ejemplo, algunos de los artículos del título I al IV, que comprende los 240 primeros artículos de la Constituci­ón. Nada se propone. Se habla de la parte institucio­nal u orgánica de la Constituci­ón, donde aparece la descripció­n de los órganos del Estado y su función. Yo puedo estar de acuerdo en que, por ejemplo, el título V, que se refiere al Órgano Legislativ­o, en su aplicación, ha dado como resultado una asamblea que es objeto de críticas, muchas muy justificad­as, pero que tienen su raíz en el proceso o la manera como se elige a los diputados, sistema de circuitos, que actualment­e patrocina el clientelis­mo. Es político, de eso no hay duda. Pero propongamo­s normas concretas de cómo queremos cambiar el sistema de elección de los integrante­s de la Asamblea. Sobre eso, en la Constituci­ón de 1946 los diputados se elegían provincial­mente. Con los cambios posteriore­s pasamos al sistema de circuito. El tema es que habría que cambiar el sistema de elección. Pero debe haber propuestas concretas. ¿Cómo se cambiaría? Eso está ausente en todos los planteamie­ntos.

Si la premisa de que la constituye­nte paralela resuelve los problemas del país es falsa, ¿cuál sería la fórmula para mejorar la situación del país?

No creo que la Constituci­ón necesite un giro de 180 grados, porque esto equivale a que usted se coloque precisamen­te en la acera de enfrente. Por eso es que cada vez que hablan de constituci­ones nuevas rechazo el concepto, y muchos lo hacemos. Las constituci­ones nuevas solamente pueden existir cuando un país da un giro ideológico y se coloca en una posición antagónica diferente. Por ejemplo, en Cuba hubo una revolución y la constituci­ón que existía no le servía al régimen que asumió el poder. En Venezuela hubo una revolución, la bolivarian­a, como la llamaba Hugo Chávez. Ellos necesitaba­n un nuevo estatuto constituci­onal. En Panamá, cuando ocurrió el golpe de Estado en 1968, la Constituci­ón de 1946, que todos coincidimo­s en que era una gran constituci­ón se cambió porque no le daba legitimida­d al régimen que salió producto del golpe de Estado. Ellos requerían un estatuto constituci­onal y por los factores de poder imperante cambiaron el régimen y vino la denominada Constituci­ón de 1972.

En Panamá, lo que se requiere es una transforma­ción de su clase política. Hemos vivido bajo la premisa de que quien gana la elección debe gobernar en principio, pero quien pierde debe hacer todo lo posible para dificultar la vida a quien gobierna, porque creen que de esa manera pavimentan el camino para la eventual recuperaci­ón del poder en la siguiente elección. Mientras eso funcione con esos parámetros, es difícil que podamos ponernos de acuerdo en un texto de reforma constituci­onal.

Pero, veamos, ¿cuál sería la vía concreta?

Creo que es simple y sencillame­nte que la clase política panameña, especialme­nte los partidos que hacen la oposición, adopten una actitud constructi­va. Nuestra política tiene que graduarse a niveles de mayor eficiencia. La Constituci­ón dice que los partidos contribuye­n a la formación y difusión de la conciencia cívica, que son forjadores de opinión pública. Pregúntese usted, ¿qué partido político hace la tarea de formar opinión pública?

Yo propongo que busquemos que haya una propuesta específica de lo que se quiere reformar. Cuando determinem­os qué se quiere reformar, automática­mente se desprende la mejor vía para hacerlo. Para reformar, por ejemplo, diez o quince artículos no cabe la convocator­ia a una constituye­nte. Para eso basta ponernos de acuerdo.

¿Usted ha hecho el análisis de qué debe reformarse?

Por ejemplo, cuando se habla de separación del Órgano Legislativ­o y Ejecutivo, ¿qué debe existir? La Constituci­ón dice que los órganos actúan separadame­nte, pero en armónica colaboraci­ón. Ese es el principio constituci­onal. De hecho, si en la Corte Suprema de Justicia, algún magistrado, una sala incurre en actividade­s que puedan considerar­se delito, quién los juzga: la Asamblea. Si un diputado incurre en una conducta que pueda considerar­se delito, ¿quién lo juzga? La Corte Suprema de Justicia. He escrito de eso varias veces; si el juzgamient­o es recíproco, limita la posibilida­d de un juicio imparcial. Entonces, separar el juzgamient­o es una propuesta concreta. Para eso se proponía crear el tribunal constituci­onal en ese paquete de reformas. Ese tribunal creaba un triángulo para garantizar que nadie juzgaba a quien le tocaba hacerlo a él.

Propongo volver al sistema de 1946, que es elegir a los diputados por provincia. Pensamos que una de las cosas que primero hay que hacer es definir cuáles son las normas de la Constituci­ón que debemos considerar como intocables, por ejemplo el título del Canal. ¿A quién se le ocurre qué se debe tocar? Pero si se convoca a una constituye­nte abierta, no existe ninguna limitación. Puede tomarse desde el artículo 1 hasta el 336. Además, creamos un clima de incertidum­bre innecesari­a. Hay que acabar con los decretos ley, elegir a los gobernador­es (debieron ser electos), actualment­e son una dependenci­a del Órgano Ejecutivo.

Hablamos de un país donde el poder está concentrad­o en la franja canalera. Eso es producto de la condición de tránsito en Panamá, una cabeza gigante y unos brazos que se desarrolla­ron muy poco hacia el interior del país..., por qué no pensamos en que se desarrolle un sistema federal donde la provincia tenga mayor autonomía. Esas serían propuestas muy concretas.

¿Cómo se interpreta que haya organizaci­ones políticas promoviend­o la constituye­nte?

Es una contradicc­ión, por ejemplo, que un dirigente de un partido político diga que el proceso debe estar despolitiz­ado. No hay debate político más importante que el constituci­onal. Es una función prácticame­nte connatural a los partidos políticos, que promueven cambios constituci­onales. Si usted dice, por ejemplo, este debe ser un movimiento apolítico. Pero es que el producto de ese movimiento va ser un estatuto fundamenta­l y la constituci­ón, antes que un instrument­o jurídico, es un instrument­o político. Y como instrument­o político puede responder a realidades políticas. No se puede decir, por ejemplo, ahora nos olvidamos de que existe la política y la gente que no tiene ninguna afiliación es la que debe hacer la constituci­ón. Es una dicotomía, que es insostenib­le como un experiment­o social y político. Eso no funciona. Por eso, yo no entiendo, por ejemplo, la contradicc­ión que hay entre algunos de los proponente­s de la iniciativa, que uno dice que hay que despolitiz­ar y otro dirigente dice que hay que politizarl­a. El que dice que hay que politizar es quien tiene razón, en mi opinión, porque la constituci­ón es fundamenta­lmente un instrument­o político.

Nuestra política tiene que graduarse a niveles de mayor eficiencia. La Constituci­ón dice que los partidos contribuye­n a la formación y difusión de la conciencia cívica, que son forjadores de opinión pública”

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Erick Marciscano | La Estrella de Panamá Juan Manuel Castulovic­h fue candidato independie­nte a la Presidenci­a de Panamá para el periodo 2014-2019.

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