Las mujeres padecen un sistema de justicia de impunidad
“En Panamá, y en especial las mujeres, padecemos un sistema de justicia roto, cómplice de las agresiones en nuestra contra y descompuesto […]”
Las experiencias vividas en nuestro país, cuando de aplicar la justicia a las mujeres se trata, es un rosario interminable de vicisitudes por las que tienen que pasar las mujeres, que van desde todos los tropiezos para demandar y recibir el pago de una pensión alimenticia, violencia verbal, la revictimización y cuestionamientos con la denuncia de maltratos y violencia doméstica hasta probar el feminicidio o la violación. La exigencia de justicia en Panamá, por parte de las mujeres, significa vivir una odisea de humillaciones y vejámenes, acompañada de toda clase de improperios que La Estrella de Panamá nos tendría que brindar varias ediciones completas para exponerlas.
Una de esas experiencias es la de Elibeth del Carmen Zentner Severino. El 24 de agosto de 2012 se denuncia un supuesto accidente donde dos días después muere Elibeth, sus familiares entran en duda y posterior a ello desean esclarecer su muerte. La familia Zentner ha solicitado en diversas instancias que se investigue y se esclarezca la muerte de su hija y han pedido el apoyo de diversas organizaciones. Así, el 10 de diciembre de 2017, en el marco del 69 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Central General Autónoma de Trabajadores de Panamá, (CGTP); el coordinador del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato), durante los meses de noviembre y diciembre de 2017, Fernando Falcón y; el Espacio de Encuentro de Mujeres, mediante Juana Camargo, presentaron ante la Corte Suprema de Justicia un escrito de “Amicus Curiae”, “Amigos del Tribunal”, a efecto de que nuestros argumentos y opiniones en torno al proceso judicial por la muerte violenta de Elibeth fueran considerados, dentro de este, feminicidio. Posteriormente, hemos acudido a la Corte en varios momentos, buscando respuesta y a la fecha no la hemos obtenido.
Para ese caso, se pronunció el Consejo Consultivo de Género de la Defensoría del Pueblo y Organizaciones Aliadas, quienes luego de haber conocido lo expuesto por la familia Zentner, expresaron lo siguiente: “Demandar que el Estado, analice el proceso seguido por la muerte de Elibeth Zentner, bajo los parámetros del derecho internacional de los derechos humanos y atendiendo al principio de debida diligencia; aún más, cuando existen fuertes indicios para sospechar que la muerte fue producto de violencia basada en género. Solicitar al sistema judicial un pronunciamiento en un plazo razonable…”. A estas solicitudes tampoco se ha dado respuestas.
Este es un solo ejemplo de otros centenares de demandas por asesinatos, maltratos, violaciones, calumnias e injurias y agresiones verbales contra las mujeres, que esperan la respuesta de quienes tienen la función de administrar justicia.
Al mismo tiempo, cuando las mujeres reciben respuesta esta suele ser contraria a ellas y preservadora del “statu quo”, del machismo y de la impunidad. Ejemplo de esto es la reciente respuesta que la Corte Suprema de Justicia dio en el caso de las jóvenes indígenas de la etnia guna. La Corte, ante la denuncia presentada en contra del diputado Arquesio Arias, señaló que no hubo actos libidinosos contra la víctima mayor de edad ni de la menor de edad, y la votación por el delito de violación fue de cinco votos a favor que es culpable y cuatro a favor de la absolución. Es decir, por las reglas especiales para funcionarios de alto perfil, ¿hubo violación, pero quedó libre?
El artículo 5 de la Ley 82 del 24 de 0ctubre de 2013, que adopta medidas de prevención contra la violencia en las mujeres y reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar los hechos de violencia contra la mujer, indica entre los principios rectores, la responsabilidad y señala que: “El Estado es responsable de respetar los derechos de las mujeres y de contribuir en la eliminación de la violencia contra estas, consignadas en los instrumentos internacionales ratificados por la República de Panamá, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o la Convención de Belén Do Pará, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las mujeres y demás Convenios de Derechos Humanos”.
En Panamá, y en especial las mujeres, padecemos un sistema de justicia roto, cómplice de las agresiones en nuestra contra y descompuesto, que suma a la indignación que nos generan ya los hechos violentos por los que cientos de mujeres acuden a él, desesperanza, injusticia y riesgos de que volvamos a una sociedad superada en el pasado, en donde las personas se toman la justicia por sus propias manos, ante tanta impunidad.