La Estrella de Panamá

3.041.086 es la cifra preliminar de panameños habilitado­s para votar el 5 de mayo de 2024

El padrón electoral final contendrá las correccion­es hechas, con base en las solicitude­s, reclamacio­nes e impugnacio­nes de los ciudadanos

- Yorlenne Morales Q. yorlenne.morales@laestrella.com.pa

El magistrado del Tribunal Electoral Luis Guerra Morales informó que, preliminar­mente, 3.041.086 ciudadanos están habilitado­s para votar en las próximas elecciones del 5 de mayo de 2024.

El informe sobre el padrón electoral preliminar 2022-2024 fue entregado a los partidos políticos ayer viernes 20 de enero. El magistrado Guerra Morales anunció que del 21 de enero al miércoles 15 de febrero de 2023 será el período de impugnacio­nes y reclamacio­nes al padrón electoral preliminar, mientras que del 1 al 31 de agosto de 2023 es el periodo de impugnar las inclusione­s y reclamar las omisiones de inclusione­s efectuadas entre el 6 de enero hasta el 5 de julio de 2023 y que no hayan aparecido en la publicació­n del Tribunal Electoral del 20 de julio de 2023.

Explicó que el padrón electoral preliminar se puede impugnar con el fin de anular: cuando se dan los cambios de residencia hechos por electores hacia un corregimie­nto donde no residen, cuando se incluye a nuevos ciudadanos donde no residen, cuando se incluye a ciudadanos que no gocen plenamente de sus derechos ciudadanos, que no estén en interdicci­ón judicial y cuando se incluya a ciudadanos que han renunciado expresamen­te a la nacionalid­ad panameña o de forma tácita al haber adquirido otra nacionalid­ad a la que no tenia derecho a reclamar por nacimiento, siempre que conste en la Dirección Nacional de Registro Civil la correspond­iente anotación con marginal en la inscripció­n de nacimiento de la persona.

Así como también, la inclusión de ciudadanos que han entrado al servicio de un Estado enemigo, que tengan suspendido­s los derechos ciudadanos por sentencia ejecutoria­da, y por la inclusión de ciudadanos que tengan suspendido­s los derechos políticos por sentencia ejecutoria­da.

¿Quiénes podrán reclamar contra el padrón electoral preliminar?

El funcionari­o dijo que en ese periodo podrán reclamar los ciudadanos que hayan obtenido su cédula o tramitado inclusión o cambios de residencia hasta el 5 de enero de 2023 y que no hayan aparecido o aparezcan incorrecta­mente, los ciudadanos que hayan sido excluidos por no gozar de sus derechos ciudadanos, pero cuya sanción se hubiera cumplido; los menores de edad que no hayan sido incluidos en el padrón electoral preliminar, lo cual harán a través de algunos de sus padres o de quien ejerza su patria potestad; los ciudadanos residentes en nuevas circunscri­pciones electorale­s por haberse omitido su inclusión al padrón electoral preliminar del nuevo corregimie­nto y habérsele trasladado a un centro de votación que no le correspond­a.

Durante el periodo comprendid­o entre el 1 al 31 de agosto de 2023, se podrán impugnar las inclusione­s hechas entre el 6 de enero hasta el 5 de julio de 2023, con el fin de anular la inclusión de nuevos ciudadanos registrado­s en un corregimie­nto donde no residen, los que no gocen plenamente de sus derechos ciudadanos, los que no estén en interdicci­ón judicial, los ciudadanos que tengan suspendido­s sus derechos ciudadanos y los que fueron reinscrito­s en el padrón electoral, al ser excluidos porque no ejercieron el derecho al sufragio en tres elecciones generales consecutiv­as y porque en ese periodo no hicieron ningún trámite ante las dependenci­as del Tribunal Electoral.

Y durante esta misma fecha (1 al 31 de agosto) podrían reclamar los ciudadanos que hayan tramitado su inclusión entre el 6 de enero hasta el 5 de julio de 2023 y no aparezcan en la publicació­n del Tribunal Electoral del 20 de julio de 2023.

El padrón electoral final contendrá las correccion­es hechas por el padrón electoral preliminar, con base en las solicitude­s, reclamacio­nes e impugnacio­nes de los ciudadanos.

En cuanto a los electores, 48.601 fueron excluidos del padrón por no haber votado en las últimas tres elecciones y no haber hecho ningún trámite en el Tribunal Electoral.

43,465 electores con algún tipo de discapacid­ad se han registrado en el padrón electoral, y el magistrado explicó que esta contabilid­ad se hace para aquellas personas con alguna discapacid­ad que no puedan acercarse a un centro de votación y pueden emitirlo a través del sistema tecnológic­o, y en el caso de personas que presentan una discapacid­ad y sí puedan acudir al centro de votación, “están siendo habilitado­s la mayoría de los centros de votación con la mayor cantidad de facilidade­s”, dijo.

Señaló que en el país hay 3.007 centros de votación, siendo las provincias de Chiriquí y Veraguas, con una cifra de 439, las regiones del país con mayor cantidad de centros de votación. Le sigue la provincia de Panamá, con 374; la comarca Ngäbe Buglé con 345; la provincia de Coclé con 334 centros de votación, Panamá Oeste con 253; Herrera con 189; Los Santos, 152 centros de votación; Colón con 151; Bocas del Toro, 142; Darién con 81, comarca Guna Yala con 49; comarca Emberá, 35; comarca Guna de Madugandi con 13; comarca Naso Tjer Di, 8 y comarca Guna de Wargandi, con 3 centros de votación.

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Daniel González | La Estrella de Panamá Magistrado­s del Tribunal Electoral anuncian la fecha de inicio de impugnacio­nes al padrón electoral preliminar.

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