Caminando hacia una justicia restaurativa
[...] es necesario que como sociedad se logre ese cambio cultural y comprender que los procedimientos alternos de solución del conflicto penal, deben configurarse como un nuevo modelo de justicia [...]
Han sido muchos los cambios que como sociedad panameña hemos vivido los últimos años en tema de administración de justicia. Los nuevos movimientos sociales van dirigidos hacia lo que es una justicia restaurativa, pilar esencial en el conflicto penal. De igual manera, en la esfera administrativa se instituye la justicia comunitaria de paz, pues el juez de paz cumple un rol innovador en la comunidad, al exigirle, ahora sí, una formación específica (Artículo 15 Ley 16 del 17/6/2016). Además, se incluyen herramientas para resolver conflictos dentro de la comunidad, se regula disposiciones sobre mediación y conciliación comunitaria, evidenciando, que como sociedad tenemos que ir humanizándonos en la búsqueda de soluciones frente a un conflicto, pues las corrientes en temas de administración de justicia, los últimos años, no solo en Panamá, sino a nivel mundial nos han demostrado la necesidad, de ir hacia una justicia restaurativa.
Con el Sistema Penal (SPA) Acusatorio quedó claro que se procura, que las partes resuelvan su conflicto de forma pacífica, permitiendo un diálogo directo entre ellas, en los delitos que la ley lo permite (Art. 201CPP) como el cumplimiento de otras reglas generales, siendo la voluntariedad de las partes, una de las principales reglas que es necesario cumplir. Por otra parte, aunque se escucha ahora más sobre los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos (MARSC) con la entrada de este nuevo sistema de corte acusatorio, al ser garantista de esos principios, reglas y garantías en el proceso penal, ya los MARSC se mantenían regulados por el Decreto 5 de 8 de julio de 1999, qué quiere decir esto, que siempre ha existido la necesidad de buscar formas pacíficas de resolver conflictos.
En ese sentido, es necesario que como sociedad se logre ese cambio cultural y comprender que los procedimientos alternos de solución del conflicto penal, deben configurarse como un nuevo modelo de justicia. De allí la necesidad de ver la mediación, así como los otros métodos alternos en el SPA (conciliación, criterios de oportunidad, suspensión del proceso sujeto a condiciones y acuerdos de pena), estos se convierten en una válvula de escape al sistema, procurando ese respeto a la dignidad y equidad de cada persona. Las cifras en otros países de la región lo demuestran, en el sentido que el SPA está diseñado para la aplicación de salidas alternas y en el caso específico de la mediación podríamos decir, es el método alterno por excelencia que se constituye como pilar esencial en la justicia restaurativa, operando el principio “ganar - ganar” . La justicia restaurativa es eso, una nueva forma de administrar justicia, permitiendo dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos que tienen un conflicto penal, pero que el sistema les proporciona las herramientas, para que sean ellas las que logren resolver su conflicto, dándole debida tutela judicial efectiva, no solamente a esa víctima sino, a ese imputado que atendiendo los efectos que produce el cumplimiento de un acuerdo de mediación se ve beneficiado en no continuar con las siguientes etapas del proceso penal. Esto nos enseña como sociedad, que existe una nueva forma de resolver los conflictos que dista del sistema anterior orientado hacia la justicia punitiva tradicional. La aplicación de los MARSC constituyen un nuevo enfoque dentro del nuevo sistema de administración de justicia y es que las partes se convierten en protagonistas, pues son ellas mismos quienes resuelven su conflicto de forma pacífica, pues existen indicadores internacionales positivos con relación al cumplimiento del acuerdo de mediación, logrando optimizar el funcionamiento de la administración de justicia y propiciando una cultura de paz.
“Las tres cuartas partes de las miserias y malos entendidos en el mundo terminarían si las personas se pusieran en los zapatos de sus adversarios y entendieran su punto de vista”, Mahatma Gandhi.