ABC Color

192º aniversari­o de la independen­cia del Uruguay

- Lic. Federico Perazza *

En el primer cuarto del siglo XX el Uruguay se encaminaba a celebrar el Centenario de su Independen­cia Nacional, momento oportuno para redefinir los rasgos de su imaginario colectivo cuyos mitos fundaciona­les se proyectarí­an en el escenario nacional por varias décadas. Las singulares y contradict­orias condicione­s en que nuestro país irrumpió a la vida independie­nte (revolución oriental, conflictos con el centralism­o porteño, exilio de Artigas en Paraguay, dominación brasileña y portuguesa, Declarator­ia de la Florida, Convención Preliminar de Paz de 1828 y primera Constituci­ón de 1830) así como los conflictos internos fratricida­s durante gran parte del siglo XIX, habían condiciona­do el surgimient­o de una épica nacionalis­ta temprana.

Se debió esperar a 1923 cuando se producen dos hechos determinan­tes en el proceso de construcci­ón del relato fundaciona­l del país: se inauguraba el monumento a Artigas en la Plaza Independen­cia con una escultura ajustada a los cánones fijados por el poeta compatriot­a Juan Zorrilla de San Martín en su obra “La Epopeya de Artigas”; y se impulsaba un debate parlamenta­rio acerca de cuál debía ser la fecha de nuestra independen­cia, trasladánd­ose así al Parlamento uruguayo la necesidad de definir un itinerario cronológic­o de efemérides a partir del cual se consolidar­a el sentimient­o de pertenenci­a al país que a su vez nos singulariz­ara en el concierto internacio­nal.

El debate en ambas Cámaras del Parlamento se estructuró en base a sendos proyectos de ley en donde se oponían dos fechas alternativ­as: la del 25 de agosto (Declarator­ia de la Florida) y la del 18 de julio (Jura de la Constituci­ón). La derivación de esta discusión y votación resultó muy peculiar: en la Cámara de Representa­ntes se aprobaba el proyecto que defendía el 25 de agosto como el día de la independen­cia mientras que en el Senado se hacía lo propio con el que establecía el 18 de julio como fecha máxima.

La Asamblea General nunca se reunió para dirimir este desencuent­ro, organizánd­ose celebracio­nes tanto en 1925 como en 1930, consecuenc­ia natural “del Uruguay de compromiso que amortiguab­a hasta los antagonism­os” al decir del historiado­r uruguayo Tomas Sansón Corbo.

La no definición legislativ­a del real alcance y legado de estas dos fechas claves en el itinerario nacional, determinó que Uruguay continuara aplicando la ley del 10 de mayo de 1860 a través de la cual se declara “que el aniversari­o del 25 de agosto de 1825 es la gran fiesta de la República”.

Ahora bien ¿qué ocurrió aquella mañana del 25 de agosto en la Florida? Los orientales organizado­s ahora como Provincia Oriental del Río de la Plata se declaraban “de hecho y de derecho libre e independie­nte del Rey de Portugal, del Emperador de Brasil y de cualquiera otro del universo...” y al mismo tiempo, en ese mismo acto solemne, la Provincia Oriental retornaba al conjunto de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, con las que nos “unimos” nuevamente, pasando nuestra soberanía a ser ahora estrictame­nte provincial.

Se da inicio así a otra etapa histórica que termina con la Convención Preliminar de Paz de 1828, tratado firmado (bajo mediación británica) entre el Imperio del Brasil y las Provincias Unidas del Río de la Plata por el cual nuestros vecinos depusieron sus ambiciones anexionist­as, reconocier­on nuestra soberanía y los orientales comenzamos efectivame­nte a ejercerla con nuestro propio Gobierno. Es esta “independen­cia” la que nos separa definitiva­mente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, supone la instauraci­ón de un Gobierno propio y de una Asamblea Constituye­nte que prepara la primera Constituci­ón del país en 1830, consagraci­ón definitiva de aquella máxima artiguista: “Es muy veleidosa la probidad de los hombres; solo el freno de la constituci­ón puede afirmarla”.

El intelectua­l francés Ernest Renan, en una conferenci­a impartida en la Sorbona en 1882 titulada “¿Qué es una nación?” afirmaba por entonces que nación es un principio espiritual cuya construcci­ón y defensa se lleva a cabo con decisiones éticas que constituye­n el verdadero ejercicio de la libertad. Los uruguayos sentimos a nuestro país como ese principio espiritual que suscribe valores comunes, decidiendo libremente pertenecer a la República Oriental del Uruguay. Simplement­e por aquello que postulaba el historiado­r francés de que “una nación es un plebiscito de todos los días”. (*) Embajador del Uruguay en el Paraguay

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