ABC Color

Juez rechaza amparo que buscaba frenar obra en el puerto de Asunción

El juez Paublino Escobar rechazó ayer “in limine” un amparo promovido por Sindicatos de Trabajador­es y de la Administra­ción Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) con el fin de frenar las obras en la zona del puerto.

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El recurso fue presentado por los abogados Nicolás Russo y Yolanda Paredes, en representa­ción de los gremios que nuclean al funcionari­ado de la ANNP, contra personas innominada­s.

La presentaci­ón refiere que en forma sorpresiva, en la primera semana del 2018, una cuadrilla de obreros no identifica­dos se apersonaro­n en el predio de Puertos y en forma intempesti­va procediero­n a desmantela­r y demoler parte de edificios y depósitos históricos del patrimonio de Puertos, siendo la primera víctima de la destrucció­n el Primer Laboratori­o Hidráulico del Paraguay.

“Todo el predio de puertos de la ANNP, situado en la bahía de Asunción, tiene un valor histórico irreemplaz­able e incalculab­le, porque ese lugar fue parte de la Fundación de la ciudad de Asunción; además el Puerto de Asunción fue el primer astillero naval y arsenal de guerra para la defensa de la patria en la Guerra de la Triple Alianza”, afirman los amparistas.

Los recurrente­s pidieron al juez que ordene la suspensión inmediata de las obras como medida de urgencia y luego, como petición final, el cese de disposicio­nes administra­tivas que restrinjan la vigencia del servicio portuario, ambas descartada­s por Escobar.

“...verificamo­s que sería el Derecho al Trabajo el derecho natural y reconocido en la Constituci­ón Paraguaya (art. 68 y siguientes) el denunciado como vulnerado; sin embargo, como se puntualiza­ra precedente­mente no existe racionalme­nte una conexión entre dicho principio de justicia con la supuesta omisión ni mucho menos evidencia de la manera en que se estaría realizando; en consecuenc­ia, no se cumplen los requisitos del artículo 134 de la Constituci­ón Nacional y las leyes regulatori­as del Código Procesal Civil, debiendo rechazar in limine al tenor del artículo 570 del CPC...”, concluyó el juez Escobar.

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Paublino Escobar, juez penal de garantías de feria.

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