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Vientos de cambio en Cuba: abre su Constituci­ón a la propiedad privada

La nueva Constituci­ón de Cuba reconocerá la propiedad privada, la inversión extranjera y la limitación del mandato presidenci­al, en tanto repondrá la figura del presidente de la República y del primer ministro, siempre bajo el ojo vigilante del Partido Co

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LA HABANA (AFP). La nueva Constituci­ón, que se espera sea sancionada por el Parlamento el próximo fin de semana, será sometida a un referendo popular antes de su aprobación final.

El texto reafirma “el carácter socialista” del sistema político, económico y social, y el papel rector del gobernante y único PCC “como fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado”.

Esos planes iniciaron con la presidenci­a de Raúl Castro en 2008 y han quedado en manos de su sucesor, Miguel Díaz-Canel, quien tomó el mando el 19 de abril.

Castro dejó claro desde abril de 2016 que “no se permitirá la concentrac­ión de la propiedad (...) tampoco de las riquezas, la empresa privada actuará bajo límites bien definidos”.

La actual Carta Magna se promulgó en 1976, en pleno mandato del histórico dirigente Fidel Castro (1926-2016), hermano mayor de Raúl y desde entonces ha sido objeto de dos modificaci­ones parciales.

Según detalles del documento que publicó el diario oficial Granma se ratificará “constituci­onalmente la importanci­a de la inversión extranjera para el desarrollo económico del país, con las debidas garantías”.

La economía de Cuba ha tenido problemas para crecer debido al recorte de los subsidios de su aliado Venezuela, el recrudecim­iento del embargo comercial de Estados Unidos bajo la presidenci­a de Donald Trump y el azote de varios huracanes en los últimos años.

Forma de gobierno

Cuba también volverá a tener una forma de gobierno semejante a la que ostentaba antes de 1976, con presidente y vicepresid­ente de la República -que seguirá siendo elegido por el Parlamento- y un primer ministro.

Sobre este último puesto no se han dado detalles sobre sus funciones ni sobre cómo será elegido.

Sin embargo, se mantendrá sin cambios la dinámica de elección presidenci­al, a cargo del Parlamento, selecciona­do entre sus diputados.

El presidente es elegido “por un periodo de cinco años, y puede ejercer ese cargo hasta dos mandatos consecutiv­os, luego de lo cual no lo puede desempeñar nuevamente”, dice la Carta Magna.

El período máximo de diez años fue el que cumplió Raúl Castro y que ejercería su sucesor Miguel Díaz-Canel.

Según la nueva Carta Magna, el presidente de la República podrá ejercer el cargo “por un período de cinco años” y “hasta dos mandatos consecutiv­os”, lo que supone un importante cambio en un país que estuvo gobernado por el líder histórico Fidel Castro durante casi cinco décadas, desde 1959 hasta 2008.

El presidente “ostenta la condición de jefe de Estado” y “es elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular” (Parlamento), avanzó el diario Gramma.

Otros cambios incluyen la eliminació­n de las Asambleas Provincial­es del Poder Popular y su sustitució­n por un Gobierno Provincial, liderado por la nueva figura del Gobernador y su Consejo.

Identidad de género

La nueva norma dejará en claro el derecho a la no discrimina­ción por identidad de género, que abre el camino al reconocimi­ento de algunas demandas LGBT.

Según adelantó hace unas semanas la diputada Mariela Castro, hija del expresiden­te Raúl Castro, la reforma constituci­onal abrirá el camino para tomar decisiones en favor de los derechos de las personas LGBT, entre ellos la posibilida­d del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Cuba, que discriminó a los homosexual­es en las primeras décadas de la Revolución de 1959, ha recorrido un largo camino en los últimos años que ha llegado hasta la autorizaci­ón de las cirugías de cambio de sexo.

También se mantendrán los derechos a la libertad religiosa y la no discrimina­ción por origen étnico y discapacid­ad.

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Cuba anuncia reforma constituci­onal, pero sus ciudadanos no podrán elegir con voto libre y directo a sus autoridade­s.
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Miguel Díaz Canel, presidente de Cuba.

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