Acta de confidencialidad aduanera
Los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), los proveedores de servicios de la institución y los usuarios pertenecientes a otras entidades que fueron autorizados a acceder al sistema informático Sofía están obligados a suscribir un “Acta de Aceptación de Responsabilidades”, según la Resolución N° 126, del 27 de setiembre pasado.
La DNA fijó el 30 de este mes como fecha límite para la presentación de los formularios electrónicos de altas y bajas de usuarios de sistemas informáticos de la entidad y también para la suscripción del referido acta de responsabilidades, de acuerdo a lo que establece la Resolución N° 197 del 26 de octubre último.
La medida dispuesta por el director nacional de Aduanas, Julio Fernández, está generando malestar entre los aduaneros porque todos deberán asignar el compromiso y su incumplimiento tendrá consecuencias administrativas y penales, según señalaron a ABC de manera extraoficial algunos funcionarios.
La firma obligatoria del acta fue establecida por la Resolución 126 y mediante este procedimiento, los funcionarios y usuarios se comprometen a cumplir con los procedimientos de seguridad y de mantener el secreto profesional o el secreto de las actuaciones correspondientes sobre toda información a la que acceden en el desempeño de sus funciones.
De acuerdo con la normativa establecida por la DNA, los alcanzados por la resolución se comprometen a cumplir con las disposiciones definidas en las políticas de seguridad informática para garantizar la confidencialidad, confiabilidad e integridad de la información administrada por Aduanas.
En ese contexto, asume igualmente el compromiso obligatorio de mantener el secreto profesional y de actuación, así como las consecuencias administrativas y penales que puedan acarrear el incumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N° 2422/04 Código Aduanero y también lo expresado en los artículos 300 y siguientes del Código Penal.
La resolución 126 también establece las condiciones para las autorizaciones de acceso a los diferentes sistemas informáticos vigentes en la institución y dispone el uso obligatorio del formulario electrónico de altas y bajas de usuarios de sistema informáticos de la DNA para todas las unidades administrativas y dependencias de la institución y para todas aquellas personas relacionadas con la operativa interna aduanera.