Sospechoso secreto viola ley orgánica de Senabico
Karina Gómez se niega a revelar nombres y detalles de alquiler de valioso inmueble del presunto narco Invoca el Código Civil y sostiene que es un “contrato entre particulares” fuera del Presupuesto Ignora al menos tres artículos de la ley de la secretaría
La Ley 5876/17 por la cual se creó la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados, Senabico, en su artículo primera señala que dicha Secretaría de Estado, que depende del Poder Ejecutivo, fue creada bajo los principios de la eficiencia y la transparencia. (Ver infografía).
Sin embargo, la ministra Karina Gómez, que nada menos es la titular de la institución, ignora totalmente el principio de la transparencia. La funcionaria se niega a entregar a la prensa el contrato por el cual se alquiló la mansión del supuesto narcotraficante, Javier Cabaña, alias Cucho. La construcción se hizo en un inmueble de seis hectáreas en O’Leary, a orillas del lago Yguazú y es una réplica de la hacienda “Nápoles”, del extinto mafioso colombiano Pablo Escobar Gaviria.
La ministra Gómez dijo que el lujosa residencia, que incluso tiene un zoológico privado, fue alquilado en G. 7.500.000 a un particular, cuyo nombre no quiso proporcionar y menos proveer el contrato que se firmó.
La funcionaria dijo que esto se rige por el Código Civil y que por lo tanto tiene que seguir lo que establece dicha norma. Agregó además que se tiene que entender la mansión y otros bienes del presunto narco, solo son administrados por el Estado.
Otro artículo que desacredita la versión de la ministra es el 21 que se refiere al “Régimen especial de contratación”. En este punto se aclara que si bien los bienes no son activos públicos “se tomarán en consideración los principios administrativos de libre competencia, transparencia y publicidad”.
El artículo 22 que habla de la “Creación del Fondo Especial” aclara que si bien el fondo no estará sujeto a las Disposiciones Generales del Presupuesto General de la Nación y su Reglamento,
“sin perjuicio de los exámenes que la Contraloría General pudiera efectuar sobre estos fondos”.
Por lo menos los tres artículos señalados más arriba, que forman parte de la ley de Senabico, son violados por la propia ministra Gómez.
Es inadmisible que la secretaria de Estado desconozca que la transparencia es uno de los principios que sirvió para la creación de Senabico.
Gómez debe actuar con transparencia para despejar cualquier duda sobre su actuación y atendiendo que manejas bienes millonarios.
La ley le obliga a proveer todos los datos. La ministra
no puede negarse a entregar información, ya sea de contrato de alquiler, depósito de dinero o contratación de profesionales para asesorar respecto a lo incautado.
La ciudadanía tiene derecho a saber en manos de quién o quiénes van a parar, lo que la justicia y la fiscalía entregaron a la Senabico para su administración.
Por otro lado, la defensa de Cabaña, procesado y preso por narcotráfico, promovió una acción de inconstitucionalidad contra la ley de Senabico. Alega que la misma viola varias disposiciones de la Constitución.