ABC Color

Comisión tratará pérdida de investidur­a

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La comisión de Asuntos Constituci­onales de la Cámara de Diputados que preside Derlis Maidana (ANR, HC) tratará este martes 28 el proyecto de reglamenta­ción del artículo 201 de la Constituci­ón, sobre pérdida de investidur­a de los legislador­es. Los senadores modificaro­n la propuesta original aprobada por los diputados que hablaba de la necesidad de “mayoría absoluta de los presentes”, inexistent­e en la Constituci­ón, para aprobar la expulsión de un legislador.

La mayoría absoluta (23 votos de 45) establecid­a por los senadores como requisito para aprobar la pérdida de investidur­a es muy cuestionad­a por abogados constituci­onalistas y por algunos legislador­es, como Desirée Masi (PDP), quien dijo que el Art. 201 de la Carta Magna no establece una mayoría calificada por lo cual se debe aplicar la mayoría simple (mitad más uno de los presentes), como establece el Art. 185 de la Constituci­ón.

Otra de las modificaci­ones introducid­as por el Senado fue que se requerirán las firmas de la cuarta parte del total de miembros de la cámara para poder presentar el pedido de pérdida de investidur­a. La versión de Diputados establecía que debía ser una quinta parte.

Sobre “mayoría absoluta de los presentes” que menciona el proyecto aprobado en Diputados, cabe decir que los tipos de mayoría están fijados en el Art. 185 de la Constituci­ón, y son: mayoría simple, mayoría absoluta (23 senadores y 41 diputados), mayoría de dos tercios (dos terceras partes de los presentes. Si están todos 30 y 53) y mayoría absoluta de dos tercios (30 y 53 sin importar la cantidad de presentes).

El Art. 201 de la Constituci­ón dice que los legislador­es podrán perder su investidur­a por dos motivos: 1. la violación del régimen de inhabilida­des e incompatib­ilidades y 2. el uso indebido de influencia­s fehaciente­mente comprobado.

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