Comisión tratará pérdida de investidura
La comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados que preside Derlis Maidana (ANR, HC) tratará este martes 28 el proyecto de reglamentación del artículo 201 de la Constitución, sobre pérdida de investidura de los legisladores. Los senadores modificaron la propuesta original aprobada por los diputados que hablaba de la necesidad de “mayoría absoluta de los presentes”, inexistente en la Constitución, para aprobar la expulsión de un legislador.
La mayoría absoluta (23 votos de 45) establecida por los senadores como requisito para aprobar la pérdida de investidura es muy cuestionada por abogados constitucionalistas y por algunos legisladores, como Desirée Masi (PDP), quien dijo que el Art. 201 de la Carta Magna no establece una mayoría calificada por lo cual se debe aplicar la mayoría simple (mitad más uno de los presentes), como establece el Art. 185 de la Constitución.
Otra de las modificaciones introducidas por el Senado fue que se requerirán las firmas de la cuarta parte del total de miembros de la cámara para poder presentar el pedido de pérdida de investidura. La versión de Diputados establecía que debía ser una quinta parte.
Sobre “mayoría absoluta de los presentes” que menciona el proyecto aprobado en Diputados, cabe decir que los tipos de mayoría están fijados en el Art. 185 de la Constitución, y son: mayoría simple, mayoría absoluta (23 senadores y 41 diputados), mayoría de dos tercios (dos terceras partes de los presentes. Si están todos 30 y 53) y mayoría absoluta de dos tercios (30 y 53 sin importar la cantidad de presentes).
El Art. 201 de la Constitución dice que los legisladores podrán perder su investidura por dos motivos: 1. la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades y 2. el uso indebido de influencias fehacientemente comprobado.