Camino a la impunidad
. El 25 de octubre de 2013, el Ministerio Público imputó al exsenador colorado Víctor Bogado y a la “niñera de oro” Gabriela Quintana, exfuncionaria de la Cámara de Diputados y excontratada de Itaipú Binacional, como cómplice y autora, respectivamente, del delito de cobro indebido de honorarios. Desde entonces, han venido planteando de consuno todo tipo de chicanas para que el delito prescriba y, por tanto, ellos queden impunes. Están a punto de lograr su objetivo, gracias a la condescendencia de la Judicatura, si la Cámara de Apelación no ratificara antes del próximo 24 de octubre el inicuo fallo de primera instancia, dictado el 3 de mayo último, en virtud del cual el patrón fue condenado a solo 12 meses de cárcel y la empleada a 18, en ambos casos con suspensión de la pena. Actuando de común acuerdo, el dúo ha hecho uso y abuso del derecho a la defensa, antes, durante e incluso después del juicio oral y público, sin que hasta hoy la evidente y reiterada mala fe haya sido punida de acuerdo al Código Procesal Penal y al Reglamento del Sistema Disciplinario del Poder Judicial.
El 25 de octubre de 2013, el Ministerio Público imputó al exsenador colorado Víctor Bogado y a la “niñera de oro” Gabriela Quintana, exfuncionaria de la Cámara Baja y excontratada de Itaipú Binacional, como cómplice y autora, respectivamente, del delito de cobro indebido de honorarios. Desde entonces, han venido planteando de consuno todo tipo de chicanas para que el delito prescriba y, por tanto, ellos queden impunes. Están a punto de lograr su objetivo, gracias a la condescendencia de la judicatura, si la Cámara de Apelación no ratificara antes del próximo 24 de octubre el inicuo fallo de primera instancia, dictado el 3 de mayo último, en virtud del cual el patrón fue condenado a solo 12 meses de cárcel y la empleada a 18, en ambos casos con suspensión de la pena.
Actuando de común acuerdo, el dúo ha hecho uso y abuso del derecho a la defensa, antes, durante e incluso después del juicio oral y público, sin que hasta hoy la evidente y reiterada mala fe haya sido punida de acuerdo al Código Procesal Penal y al Reglamento del Sistema Disciplinario del Poder Judicial. La penúltima vileza a la que recurrió Bogado para trabar el proceso fue recusar, el 20 de agosto, a los camaristas Pedro Mayor Martínez y Mirtha González, cuando solo faltaba la firma de esta magistrada para que la sentencia se dictara ese mismo día; la última vileza, el 29 de agosto, fue recusar al ministro Manuel Ramírez Candia, miembro de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que debía decidir dar o no el gusto al chicanero empedernido. El 9 de septiembre, la Sala Penal confirmó al ministro y el 12 a los camaristas, de modo que la doble maniobra fue rechazada. No obstante, el autor logró lo que pretendía, es decir, ganar tres semanas para que prescriba el hecho punible. La Cámara de Apelación ya podía ocuparse de resolver el caso, pero el 13 de setiembre también la niñera impugnó con todo desparpajo a dos de sus miembros, uno de los cuales –Mayor Martínez– ya había sido recusado sin justo motivo por su jefe. La dilación que logrará Gabriela Quintana, que será aún mayor si también ella recusa a uno o más ministros de la Sala Penal que debe resolver la nueva recusación, también beneficiará al coencausado, es decir, al cerebro de semejante escarnio a la Justicia. Pero aquí no termina la cuestión, pues si la Cámara, una vez resueltas esas cuestiones previas, confirmara la sentencia de primera instancia, ese par de cínicos podría plantear un recurso de casación ante la Sala Penal, cuya decisión final supondrá un previo dictamen del Ministerio Público. Todo ello implicará que el tiempo restante para que el fallo quede firme, antes de que el delito prescriba, resulte muy exiguo. En verdad, lo más probable es que los litigantes de mala fe se salgan con la suya y puedan jactarse de que son inocentes al no pesar sobre ellos ninguna condena firme.
Si este fuera el indignante resultado de seis años de chicanas sistemáticas, los principales responsables serían los jueces que toleraron la infamia, así como los ministros del Consejo de Superintendencia de Justicia que no los sancionaron por incumplir su deber de aplicar las normas relativas al comportamiento de las partes en un juicio. El Código Procesal Penal obliga a los jueces a velar por la regularidad del litigio, el buen uso de las facultades procesales y la buena fe (art. 112); les permite sancionar la mala fe o la temeridad procesal con hasta cien días de multa en los casos graves o reiterados (art. 113), y califica de “falta profesional grave” las recusaciones claramente infundadas o reiterativas para entorpecer el procedimiento (art. 343).
Esas normas fueron y siguen siendo letra muerta para bien de Bogado, de Quintana y de sus abogados, en tanto que las del Reglamento del Sistema Disciplinario del Poder Judicial, que califican de “falta grave” del magistrado la no aplicación de facultades disciplinarias (art. 4°), y castigan con hasta treinta jornales mínimos o la suspensión, sin goce de sueldo (art. 18), fueron y siguen siendo inocuas para quienes toleran que el derecho a la defensa sea bastardeado con el mayor descaro. El Consejo de Superintendencia de Justicia –hoy integrado por los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Luis María Benítez Riera y Gladys Bareiro de Módica– ha permitido a lo largo de estos años que los jueces hagan la vista gorda ante una escandalosa conducta procesal, tendiente a obtener la impunidad por el mero paso de los años. Las auditorías hechas con respecto al caso han terminado en agua de borrajas, es decir, no fueron más que farsas montadas para aparentar interés en el bochornoso asunto. La repudiable omisión de unos y otros constituirá un baldón más para el tan desprestigiado Poder Judicial, reforzando así el descreimiento popular. ¿Cómo confiar en él si tolera que un presunto ladrón de fondos públicos, expulsado de la Cámara de Senadores, se burle abiertamente de la “majestad” de la Justicia y, por extensión, de sus conciudadanos de bien?
Los nuevos ministros, Jiménez Rolón y Ramírez Candia, corren el serio riesgo de que este caso tenga bajo su gestión un desenlace muy vergonzoso. Al asumir el cargo el 10 de octubre de 2018, el primero dijo que “debemos aplicar la ley sin mirar a quién”, en tanto que el segundo se comprometió a “solucionar los conflictos formales con celeridad, si es que las recusaciones son con el simple cometido de dilatar los procesos”.
Y bien, todo indica que la Justicia ha cerrado los ojos ante las miserables chicanas de Bogado. Con esta clase de hechos, los habitantes de este país estarán cada vez más convencidos de que no son iguales ante las leyes, porque, entre otras cosas, el Poder Judicial las aplica según la cara del cliente.