No descartan solicitar la expulsión de Ulises Quintana
La Comisión de Asuntos Constitucionales se ratifica en su versión inicial, que plantea mantener la atribución que tiene la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para conceder las naturalizaciones a los extranjeros.
Para los miembros de la comisión, la opción de nacionalidad paraguaya natural para los hijos de padres o madres paraguayas que hayan nacido en el extranjero y la naturalización de los extranjeros que cumplan con los requisitos constitucionales, ya están establecidos en la Constitución Nacional en los artículos 146 al 154.
Asimismo, consideran que los trámites de opción de nacionalidad están regulados por la Ley 582/95, concediendo la competencia para cualquier juzgado de primera instancia. Mientras que en los casos de obtención de la carta de naturalización paraguaya para extranjeros tiene competencia la Corte Suprema.
La comisión también realizó consultas a la Corte Suprema de Justicia acerca de ceder la facultad a los jueces de primera instancia. El alto tribunal considera que las atribuciones deben permanecer bajo competencia de la máxima instancia judicial, teniendo
El diputado Celso Kennedy, líder de la multibancada del PLRA, consideró que el eventual pedido de permiso del diputado Ulises Quintana (ANR, Añetete) para cumplir con una orden de prisión en la cárcel de Viñas Cue no corresponde.
Sin embargo, manifestó que fue un error de la Cámara Baja haber concedido el permiso a Quintana el año pasado. También recordó que él votó a favor del pedido de pérdida de investidura, que no prosperó.
“Sigo sosteniendo que no corresponde otorgarle el permiso y que en realidad lo que en cuenta que se trata de un acto de naturaleza constitucional.
También considera que conceder a los jueces de primera instancia la facultad de dar nacionalidad paraguaya a los extranjeros con requisitos mínimos es un riesgo demasiado elevado.
El proyecto de ley
El proyecto de ley reglamenta los artículos 146, 147, 148, 149, 150, 151 Y 154 de la Constitución Nacional sobre: “De la nacionalidad natural y la adquirida por naturalización”. En el artículo 10 del proyecto de ley señala que el trámite se inicia con la presentación de la solicitud del interesado, ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia con los siguientes requisitos: cédula de identidad o pasaporte del país de origen que acrediten la identidad del interesado, certificado de radicación expedido por la Dirección General de Migraciones, certificados de antecedentes penal y policial, título habilitante si se tratare de profesionales, otras constancias que acrediten el ejercicio de algún oficio, arte, ciencia o industria en el país, entre otros requisitos. corresponde es aplicar el artículo 201 de la Constitución Nacional de la pérdida de investidura, en función a las incompatibilidades de ser legislador por un lado y por el otro lado estar en prisión”, enfatizó.
Indicó que la Constitución Nacional establece que la Cámara de Diputados debe funcionar con 80 diputados. Añadió que al estar preso Quintana habrá una ausencia reiterada que necesariamente le va a conducir a la ausencia injustificada.
Acerca del archivo del pedido de pérdida de investidura de Quintana en octubre pasado, Kennedy dijo que existen hechos nuevos razón por la que se da su vuelta a prisión. Asimismo, señaló que la Constitución también habla de las incompatibilidades para ejercer la función de legislador. “No puede una persona ser parlamentario y a la vez estar preso”, afirmó.
La diputada Jazmín Narváez (ANR, Añetete) dijo que no se reunieron en bancada y que Ulises está próximo a presentar una apelación a la medida. Por su parte, el diputado Basilio “Bachi” Núñez (ANR, cartista) reiteró que no corresponde el eventual pedido de permiso y que solo aguardan la comunicación del juzgado para convocar a Rocío Abed de Zacarías (ANR, cartista).