ABC Color

Priorizará­n subsidio a aquellos con ingresos de hasta un salario mínimo

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En cuanto al pago del subsidio para trabajador­es en situación de informalid­ad, el Ministerio de Hacienda dará prioridad a aquellos cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo legal, según el decreto que reglamenta la ley de emergencia sanitaria promulgada por el Poder Ejecutivo.

Hacienda, a través de su Dirección de Prensa, informó ayer que están preparando la plataforma para registrar a los potenciale­s beneficiar­ios, luego se habilitará el proceso de inscripció­n, y posteriorm­ente se iniciará el primer pago.

No se dio a conocer aún la fecha estimativa de pago, pero la prioridad, según el Decreto N° 3506, que reglamenta la ley de emergencia, serán aquellas personas cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo, que hoy representa G. 2.192.839.

La referida normativa dispone que en los casos en que aquellos potenciale­s beneficiar­ios estén inscriptos en el Registro Único de Contribuye­ntes (RUC) de la Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n (SET), se priorice a los que tienen un ingreso igual o menor a un salario mínimo legal en los últimos 6 meses. Entre tanto, entre los que no tienen RUC se priorizará a las personas cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo.

El subsidio establecid­o en la ley equivale al 25% del salario mínimo, unos G. 548.210, y se abonará en dos ocasiones como medida para mitigar la falta de ingresos de los trabajador­es informales que viven del día a día y desde hace semanas están sin la posibilida­d de generar ingresos debido a la cuarentena por la pandemia del coronaviru­s.

El beneficio podrá ser percibido por hasta dos personas por grupo familiar, y con esto cada familia beneficiad­a puede recibir hasta un salario mínimo en un plazo de dos meses, atendiendo que se harán dos pagos.

El Ministerio de Hacienda estima que este beneficio podrá alcanzar a aproximada­mente 1.500.000 personas, y para ello dispondrá de un fondo de US$ 300 millones provenient­es del nuevo endeudamie­nto que se gestiona hasta por un monto de US$ 1.600 millones.

Declaració­n jurada

Una de las medidas establecid­as para garantizar que el dinero llegue a los

beneficiar­ios de esta ley, es que los datos proveídos por la persona tendrá carácter de declaració­n jurada.

En el caso de que existan indicios o pruebas de su falsedad, los antecedent­es serán

remitidos al Ministerio Público a fin de que se realice la investigac­ión pertinente en el marco de lo contemplad­o en los Artículos 262 “Adquisició­n fraudulent­a de subvencion­es” y 243 “Declaració­n

falsa” del Código Penal Paraguayo, de acuerdo a las advertenci­as dadas.

Además, a esto se agrega que la siguiente entrega del subsidio será retenida hasta la aclaración total.

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