Priorizarán subsidio a aquellos con ingresos de hasta un salario mínimo
En cuanto al pago del subsidio para trabajadores en situación de informalidad, el Ministerio de Hacienda dará prioridad a aquellos cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo legal, según el decreto que reglamenta la ley de emergencia sanitaria promulgada por el Poder Ejecutivo.
Hacienda, a través de su Dirección de Prensa, informó ayer que están preparando la plataforma para registrar a los potenciales beneficiarios, luego se habilitará el proceso de inscripción, y posteriormente se iniciará el primer pago.
No se dio a conocer aún la fecha estimativa de pago, pero la prioridad, según el Decreto N° 3506, que reglamenta la ley de emergencia, serán aquellas personas cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo, que hoy representa G. 2.192.839.
La referida normativa dispone que en los casos en que aquellos potenciales beneficiarios estén inscriptos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), se priorice a los que tienen un ingreso igual o menor a un salario mínimo legal en los últimos 6 meses. Entre tanto, entre los que no tienen RUC se priorizará a las personas cuyos ingresos sean iguales o menores a un salario mínimo.
El subsidio establecido en la ley equivale al 25% del salario mínimo, unos G. 548.210, y se abonará en dos ocasiones como medida para mitigar la falta de ingresos de los trabajadores informales que viven del día a día y desde hace semanas están sin la posibilidad de generar ingresos debido a la cuarentena por la pandemia del coronavirus.
El beneficio podrá ser percibido por hasta dos personas por grupo familiar, y con esto cada familia beneficiada puede recibir hasta un salario mínimo en un plazo de dos meses, atendiendo que se harán dos pagos.
El Ministerio de Hacienda estima que este beneficio podrá alcanzar a aproximadamente 1.500.000 personas, y para ello dispondrá de un fondo de US$ 300 millones provenientes del nuevo endeudamiento que se gestiona hasta por un monto de US$ 1.600 millones.
Declaración jurada
Una de las medidas establecidas para garantizar que el dinero llegue a los
beneficiarios de esta ley, es que los datos proveídos por la persona tendrá carácter de declaración jurada.
En el caso de que existan indicios o pruebas de su falsedad, los antecedentes serán
remitidos al Ministerio Público a fin de que se realice la investigación pertinente en el marco de lo contemplado en los Artículos 262 “Adquisición fraudulenta de subvenciones” y 243 “Declaración
falsa” del Código Penal Paraguayo, de acuerdo a las advertencias dadas.
Además, a esto se agrega que la siguiente entrega del subsidio será retenida hasta la aclaración total.