ANDE suspende bonificación a empleados
■ Usuarios, mientras, accederán a exoneraciones por 3 meses
Durante este año quedará eliminada la bonificación de 50% del monto de sus facturas que reciben los funcionarios y jubilados de la ANDE según resolución 43426 fechada ayer y firmada por el presidente de la empresa, Luis Villordo. La decisión busca dar cumplimiento a la reglamentación de la ley de emergencia, específicamente en el artículo 8 inciso 6, según confirmó anoche dicho funcionario en conversación con nuestro diario.
Entre tanto, la citada normativa también hace referencia a los usuarios que tendrán exoneración en sus facturas de marzo, abril y mayo, que son los que tengan consumo de hasta 500 kWh/mes. Al respecto, Villordo explicó que los usuarios podrán leer sus propios medidores y aquellos que tengan variaciones en sus consumos entre marzo y mayo, que por ejemplo en un mes superen los 500 kWh establecidos como parámetro y que luego vuelvan a bajar, también podrán acceder a las exoneraciones.
En ese sentido, el Decreto 3206/20, que reglamenta la Ley N° 6524/20, que declara estado de emergencia en todo el territorio nacional por la pandemia del covid-19, establece exoneraciones para los usuarios (domiciliarios) del servicio de energía eléctrica conectados en baja tensión y a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), independientemente del nivel de tensión, debidamente certificadas por el MIC, y usando el parámetro del consumo de energía entre marzo de 2019 y febrero de 2020 cuyo promedio no debe superar los 500 kWh/mes.
Las exenciones serán para las facturas emitidas en abril, mayo y junio de 2020, correspondientes a los consumos de los meses de marzo, abril y mayo, respectivamente. Según el reglamento, de registrarse consumos superiores a 500 kWh en los meses de marzo, abril y mayo de 2020, que correspondan a las facturas emitidas en los meses de abril, mayo y junio de 2020, respectivamente, se levantará la exoneración y el costo del servicio será diferido e incluido en la facturación emitida en el mes de julio de 2020 y podrá financiarse a 18 meses, sin recargos ni intereses.
Los clientes no beneficiados con las exoneraciones, conectados en baja tensión y las mipymes, independientemente del nivel de tensión y debidamente certificadas por el MIC, podrán diferir el pago de sus facturas correspondientes a los consumos de marzo, abril y mayo de 2020 al mes de julio de 2020. Las facturas emitidas en marzo, abril, mayo y junio que no fueran pagadas, podrán ser financiadas hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses, a partir de la factura emitida en el mes de julio de 2020.