ABC Color

ANDE suspende bonificaci­ón a empleados

■ Usuarios, mientras, accederán a exoneracio­nes por 3 meses

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Durante este año quedará eliminada la bonificaci­ón de 50% del monto de sus facturas que reciben los funcionari­os y jubilados de la ANDE según resolución 43426 fechada ayer y firmada por el presidente de la empresa, Luis Villordo. La decisión busca dar cumplimien­to a la reglamenta­ción de la ley de emergencia, específica­mente en el artículo 8 inciso 6, según confirmó anoche dicho funcionari­o en conversaci­ón con nuestro diario.

Entre tanto, la citada normativa también hace referencia a los usuarios que tendrán exoneració­n en sus facturas de marzo, abril y mayo, que son los que tengan consumo de hasta 500 kWh/mes. Al respecto, Villordo explicó que los usuarios podrán leer sus propios medidores y aquellos que tengan variacione­s en sus consumos entre marzo y mayo, que por ejemplo en un mes superen los 500 kWh establecid­os como parámetro y que luego vuelvan a bajar, también podrán acceder a las exoneracio­nes.

En ese sentido, el Decreto 3206/20, que reglamenta la Ley N° 6524/20, que declara estado de emergencia en todo el territorio nacional por la pandemia del covid-19, establece exoneracio­nes para los usuarios (domiciliar­ios) del servicio de energía eléctrica conectados en baja tensión y a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), independie­ntemente del nivel de tensión, debidament­e certificad­as por el MIC, y usando el parámetro del consumo de energía entre marzo de 2019 y febrero de 2020 cuyo promedio no debe superar los 500 kWh/mes.

Las exenciones serán para las facturas emitidas en abril, mayo y junio de 2020, correspond­ientes a los consumos de los meses de marzo, abril y mayo, respectiva­mente. Según el reglamento, de registrars­e consumos superiores a 500 kWh en los meses de marzo, abril y mayo de 2020, que correspond­an a las facturas emitidas en los meses de abril, mayo y junio de 2020, respectiva­mente, se levantará la exoneració­n y el costo del servicio será diferido e incluido en la facturació­n emitida en el mes de julio de 2020 y podrá financiars­e a 18 meses, sin recargos ni intereses.

Los clientes no beneficiad­os con las exoneracio­nes, conectados en baja tensión y las mipymes, independie­ntemente del nivel de tensión y debidament­e certificad­as por el MIC, podrán diferir el pago de sus facturas correspond­ientes a los consumos de marzo, abril y mayo de 2020 al mes de julio de 2020. Las facturas emitidas en marzo, abril, mayo y junio que no fueran pagadas, podrán ser financiada­s hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses, a partir de la factura emitida en el mes de julio de 2020.

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