ABC Color

Contribuye­ntes podrán pagar el IVA en cuotas

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La Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n (SET) del Ministerio de Hacienda estableció un régimen excepciona­l y transitori­o de facilidade­s de pago hasta el próximo 31 de agosto, para los contribuye­ntes del impuesto al valor agregado (IVA).

La medida se puso en vigencia a través del Decreto N° 3583 del Poder Ejecutivo, con fecha 6 de mayo, ante la coyuntura económica por la que atraviesa el país debido a la pandemia del coronaviru­s. La normativa señala que es a los efectos de que los contribuye­ntes del IVA por operacione­s realizadas en el mercado interno y producto de la importació­n de bienes (IVA Aduanas) puedan acceder a beneficios mediante un plan de facilidade­s de pago más accesibles y sin intereses.

El régimen consiste en lo siguiente: entrega inicial mínima equivalent­e al 20% de la deuda, tasa de interés anual de financiaci­ón del cero por ciento (0%) y hasta cuatro cuotas mensuales.

“El contribuye­nte que opte por aplicar los beneficios del presente régimen transitori­o podrá tener al mismo tiempo más de dos facilidade­s de pago vigentes y más de seis para las operacione­s de importació­n”, agrega el decreto.

Además, dispone que el incumplimi­ento en el pago de las cuotas al vencimient­o de los plazos concedidos, conforme con el régimen previsto en el presente artículo, generará los recargos o intereses mensuales de acuerdo con el régimen general vigente.

“Se aplicarán al presente régimen las demás disposicio­nes generales que conforme con la ley son emitidas por la Administra­ción Tributaria”, indica.

También establece que durante el plazo de aplicación del régimen, los pagos iniciales de las facilidade­s de pago deberán ingresar en la fecha consignada en la solicitud, la cual será hasta dentro de los dos días corridos.

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