Acordada impide revisión de medidas en Atención Permanente
La audiencia de revisión de la prisión preventiva del diputado Ulises Quintana no se pudo sustanciar el sábado último, debido a que el juez Yoan Paul López dejó la diligencia a cargo del magistrado de turno en Atención Permanente, en este caso, Clara Ruiz Díaz.
López no tuvo en cuenta lo que establece la Acordada N° 1352/2019 de la Corte Suprema de Justicia, que en su artículo 18 indica que un juez de urgencia no puede recepcionar pedidos como revisiones de medidas, excarcelaciones, libertad por compurgamiento, urgimiento o recusaciones en los casos en los que los procesos ya fueron iniciados y cuentan con juez natural.
Es decir, el juez interino debió acudir él mismo el sábado al Palacio de Justicia para la audiencia de revisión de medidas del diputado Ulises Quintana, procesado por supuesto lavado de dinero y asociación criminal.
Sin embargo, López dejó depositado el expediente de la causa en la Oficina de Atención Permanente, por lo que la jueza Clara Ruiz Díaz, resolvió devolver la carpeta al despacho de su colega, quien fue el último en suspender la diligencia, en atención a lo que dispone la Acordada de la máxima instancia judicial.
Además, Ruiz Díaz se había inhibido del caso, ya que en principio la causa fue entendida por su esposo, el exjuez Rubén Ayala Brun. La inhibición fue ratificada posteriormente por un Tribunal de Apelación.
Insistirá con la revisión
Luego de la decisión de Ruiz Díaz, el abogado Óscar Latorre decidió desistir del pedido de revisión de la prisión de su defendido y anunció que, una vez que se normalice la actividad en el Poder Judicial, planteará nuevamente la diligencia y pedirá al juzgado la libertad ambulatoria para Ulises Quintana o, en su efecto, el arresto domiciliario.