ABC Color

Horario escalonado está vigente

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El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la Ley N° 6531 por la cual establece un horario de trabajo escalonado y jornada acumulativ­a voluntaria. La normativa señala que podrán ser beneficiad­os de manera opcional los funcionari­os públicos.

La disposició­n tendrá alcance en todas las institucio­nes públicas, como entidades centraliza­das, descentral­izadas, entes autónomos, autárquico­s, empresas públicas, sociedades anónimas con participac­ión accionaria mayoritari­a del Estado y demás institucio­nes contenidas en la ley anual de Presupuest­o General.

Refiere que la citada ley podrá ser aplicada de común acuerdo entre ambas partes en caso de no existir uniformida­d del horario laboral en su institució­n.

Se establece un horario habitual de trabajo de ocho horas, respetando la ley así como los descansos contemplad­os y los contratos colectivos de trabajo vigentes. Se mantendrán los beneficios de las jornadas diurna y nocturna.

La ley refiere que las institucio­nes educativas del sector público y privado subvencion­ado podrán iniciar sus actividade­s desde las 08:00, debiendo adecuarse a la carga horaria establecid­a por el Ministerio de Educación y Ciencias, contemplan­do además las peculiarid­ades de las institucio­nes con doble escolarida­d.

Igualmente refiere que el Poder Judicial podrá establecer más de dos turnos laborales diferencia­dos, debiendo preferente­mente iniciar la jornada con aquellos que cumplen funciones que no incluyan la atención al público. Luego, continuar en otro turno con los funcionari­os que tienen la tarea de atender a los profesiona­les y usuarios del servicio de justicia.

Los servicios de recolecció­n de residuos deberán realizarse por la noche, con excepción de las zonas de locales gastronómi­cos. Además establece un horario de 20:00 a 06:30 y de 09:00 a 17:00 para los trabajos de construcci­ón, reparación o instalació­n que signifique­n obstáculos en el tránsito.

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