Voto en disidencia descarta obligación de municipalidad
Para el camarista Giuseppe Fossati, la Municipalidad de Asunción no tiene porqué cargar con los honorarios de los abogados de Ivesur, Juan Ernesto Villamayor y Sergio Coscia, quienes se desempeñan actualmente como jefe del gabinete civil de la presidencia y procurador general de la República, respectivamente.
“La procedencia de la inhabilidad de título es notoria, por cuanto se omitió la fase de reconocimiento de los laudos arbitrales cuya ejecución se pretende y además, no surge de autos que la Municipalidad de Asunción sea legitimada pasiva para la ejecución propuesta”, concluye Fossati.
Fossati expuso su disidencia en el fallo por el cual el Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, 4ª sala, con los votos de
Antonia López y Enrique Mongelós, ratificó la sentencia que condena a la comuna capitalina a pagar más de G. 3.000 millones a ambos letrados.
La Municipalidad no desconoce los honorarios de los abogados de Ivesur, pero sí cuestiona que sea ella la obligada a pagarlos y no la empresa que los contrató. Su abogado Luis Darío Galeano destaca la existencia de un acuerdo transaccional entre la empresa ITV SA (Ivesur) y la comuna. Argumenta que al existir dicha transacción se activa la disposición del art. 199 del Código Procesal Civil, según el cual, en dichos casos las costas se imponen en el orden causado, máxime cuando en el acuerdo transaccional nada se ha dicho sobre los honorarios.