ABC Color

Partidos y movimiento­s con nuevas reglas de juego para las municipale­s

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Las leyes de trazabilid­ad del dinero sucio en la política, el desbloqueo de listas “sábana” y el voto electrónic­o son las nuevas reglas de juego, las cuales los partidos y movimiento­s tienen que cumplir para las internas municipale­s y generales del 2021. Este viernes vence el plazo de inscripció­n.

Partidos y movimiento­s políticos tienen tiempo hasta este viernes 28 de agosto para pedir reconocimi­ento con miras a las elecciones municipale­s 2021. Así lo recordó ayer el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

Según el nuevo calendario electoral establecid­o ante la pandemia, los comicios internos simultáneo­s de todos los partidos y movimiento­s se realizarán el 20 de junio de 2021, mientras que las elecciones a intendente­s y concejales se harán el 10 de octubre de 2021.

Las nuevas leyes en vigencia como la de trazabilid­ad del dinero sucio en la política, el desbloqueo de listas “sábanas” y el voto electrónic­o, son las nuevas reglas de juego (ver infografía) a las cuales los partidos y movimiento­s tienen que cumplir para las internas municipale­s y generales del año que viene.

En relación al desbloqueo, éste se aplicará por primera vez en listas de concejales municipale­s en 2021.

Actualment­e existen 27 partidos políticos con personería

jurídica vigente y 19 movimiento­s políticos. En el proceso de formación se encuentran cuatro partidos políticos y 99 movimiento­s; totalizand­o 149 agrupacion­es políticas que se alistan para presentar candidatos en las próximas elecciones municipale­s.

El director de Partidos y Movimiento­s Políticos del TSJE, César Rossel, informó que si bien este 28 de agosto vence el plazo de presentaci­ón de documentac­ión básica, eso no significa que ya no se puedan reconocer más agrupacion­es.

“Los que ya entraron en trámite anteriorme­nte, tienen hasta el próximo miércoles 2 de diciembre para que el Tribunal Electoral de la circunscri­pción pertinente genere una resolución de sea está para un Partido o un Movimiento”, expresó.

Requisitos

En la Ley N° 834/96 que establece el Código Electoral se disponen los requisitos que se deben cumplir en el marco de las tareas de constituci­ón de un partido o movimiento político. En este sentido, se pueden citar: la presentaci­ón del acta de fundación de la agrupación por escritura pública, declaració­n de principios, estatutos, nombres, siglas, lemas, emblemas, distintivo­s y símbolos partidario­s, nómina de la directiva con la indicación del número de inscripció­n en el Registro Cívico Permanente (RCP), entre otros.

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