Los derechos constitucionales no deben ser avasallados por decretos.
En un Estado de derecho, la ley es la herramienta que permite ordenar la vida de las personas en sus diferentes ámbitos de desarrollo. En los países democráticos, se establece un orden de normas que cumplen la función de controlar a quienes ejercen el poder. La Constitución Nacional es en la República del Paraguay la ley más importante, y consagra la división del poder en tres órganos: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Asimismo, deben funcionar en un sistema de recíproco control. El artículo 3 de la Carta Magna dice que ninguno de estos poderes puede atribuirse, ni otorgar a otro ni a persona alguna, individual o colectiva, facultades extraordinarias o la suma del poder público. Actualmente, y de manera muy peligrosa, estamos experimentando un debilitamiento del Poder Legislativo, en favor del Ejecutivo. Los derechos constitucionales de las personas no pueden seguir siendo avasallados por decretos, por parte de un presidente que ha demostrado incapacidad para administrar una República en democracia.