ABC Color

Aprueban multas por reventa del billetaje

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El proyecto de ley que contempla aplicar sanciones a los revendedor­es del billetaje electrónic­o del servicio de buses a precios superiores a los fijados por el Gobierno, fue aprobado ayer por la Cámara de Senadores con varias modificaci­ones.

El debate se centró principalm­ente sobre el artículo 8° de la propuesta de ley, en el cual se planteaba como hecho punible el acto de reventa, dividiéndo­lo en tres formas que serían pasibles de cárcel de hasta dos años o multa. Las mismas eran: la comerciali­zación de tarjetas falsas, clonadas o adulterada­s; la recarga sin estar autorizado­s por alguna empresa prestadora del servicio homologada; y el uso de medios de pagos obtenidos mediante la comisión de algún hecho punible.

Ante la duda que generaba dicho artículo en comparació­n a lo que establece el Código Penal, finalmente fue modificado a propuesta del senador Jorge Querey (FG), quedando el texto de dicho apartado, así: “todo indicio de comisión de uno de esos delitos que están tipificado­s en el Código Penal, deberán ser presentado­s por la Sedeco ante el Ministerio Público”.

La ley prohíbe específica­mente ofrecer y vender las tarjetas a un precio mayor al fijado para los consumidor­es finales, así como la recarga por un monto nominal inferior al valor monetario de la recarga solicitada por el usuario.

Se podrá denunciar la reventa y la especulaci­ón ante la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) de forma física o a través de un medio digital a distancia, individual­izando al supuesto infractor, el sitio y el monto, con fotos u otros elementos útiles.

La Sedeco tiene un plazo de 10 días para iniciar la investigac­ión. En caso de detectar a los infractore­s se les aplicarán sanciones administra­tivas consistent­es en multas de entre 10 y 100 jornales mínimos. El Poder Ejecutivo debe reglamenta­r el procedimie­nto administra­tivo que incluya una escala de multas aplicables conforme al caso.

La Sedeco creará un registro de acceso público virtual donde publicarán los datos de los infractore­s y estarán disponible­s durante tres años.

El plan pasa a la Cámara de Diputados, donde los legislador­es deben analizar la propuesta, sancionar o no.

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El senador Jorge Querey (FG) planteó modificar el artículo 8, que calificaba como hecho punible la reventa.

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