ABC Color

Adecuación de capital para entes financiero­s

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El Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso la adecuación del capital mínimo requerido para que entidades del sector puedan operar en el sistema financiero local. De acuerdo con la circular 001/2021, del presente mes, la Superinten­dencia de Bancos (SIB) comunicó a los entes regulados la nueva disposició­n sobre capital mínimo integrado y aportado en efectivo para entidades financiera­s que fue adecuado a los índices de la inflación del cierre de 2020 (2,2%). Esto rige sin excepción para todas las entidades que operan en el país y aquellas que deseen integrarse.

Así, el capital mínimo para bancos quedó establecid­o en G. 56.647 millones, lo que representa un incremento de G. 1.202 millones. En lo que respecta a las financiera­s, estas requerirán un capital mínimo de G. 28.324 millones, que significa un aumento de G. 600 millones.

Cabe señalar que la mayoría de las entidades sobrepasan ampliament­e el mínimo exigido y no tendrán inconvenie­nte alguno con la nueva disposició­n.

Además de este ajuste, la legislació­n bancaria establece, en su artículo 11, que el Directorio del BCP está facultado a aumentar el importe del capital mínimo exigido “mediante resolución”, cuando las circunstan­cias así lo requieran.

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Bancos, financiera­s y casas de cambio ajustarán capital.

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