ABC Color

Mantienen régimen fronterizo

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En cuanto a la segunda normativa emitida ayer, el Decreto N° 4772, con fecha 21 de enero, prorroga hasta el 30 de abril el plazo de vigencia del régimen de depósito aduanero contemplad­o en el Decreto N° 3742/2020.

El referido régimen había sido creado en junio del año pasado como parte del paquete de medidas para reactivar el comercio fronterizo: Encarnació­n, Ciudad del Este, Salto del Guairá y Pedro Juan Caballero, para la comerciali­zación de mercadería­s importadas para personas físicas no domiciliad­as en el país.

El decreto anterior, una medida que se mantiene, establece que la base imponible del IVA al momento de la importació­n de bienes comprendid­os en el régimen será el 10% del monto previsto en el primer párrafo del Numeral 7), del Artículo 85, de la Ley N° 6380/2019. En cambio, si la venta es a personas domiciliad­as en el país, el IVA se liquidará por régimen general.

Las mercadería­s sometidas al régimen de depósito aduanero podrán permanecer en esta condición por 30 días corridos e improrroga­bles, cumplido el plazo y de no ser regulariza­dos, se procederá a liquidar el IVA por el régimen general, según la norma que rige.

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