ABC Color

Fisco aplicará tasas máximas del ISC a bebidas alcohólica­s

El Gobierno emitió ayer dos decretos a través de los cuales mantiene bajas las tasas, aunque con un leve incremento del impuesto selectivo al consumo (ISC) aplicado a las bebidas alcohólica­s e incorpora a las cervezas dentro de este grupo; pero las máxima

-

El Decreto Nº 4771, con fecha 21 de este mes, se dio a conocer esta mañana del viernes y establece las nuevas tasas del ISC para las bebidas alcohólica­s que regirán hasta el próximo 31 de marzo y el Decreto Nº 4772, también con fecha 21, que prorroga el plazo de vigencia del depósito aduanero hasta el 30 de abril.

La primera normativa establece una tasa del 8% para vinos de frutas, naturales o dulces; champagne y equivalent­es y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 10% hasta el 30% Vol. a 20 grados celsius.

También fija 8% para coñac, whisky, tequila, agua ardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 30% Vol. a 20 grados celsius.

A este grupo de bebidas se aplicaba una tasa del 11% el año pasado antes de la pandemia, pero en el marco de la ley de emergencia por covid-19, el Gobierno decidió reducir a 7% hasta el 31 de diciembre de 2020, por lo que desde el 1 de este mes de enero debían volver a su tasa original. Sin embargo, a pedido de los gremios del sector

de bebidas, realizada ante la Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n (SET) del Ministerio de Hacienda, se decidió extender este beneficio, pero el Ejecutivo optó por elevar levemente la tasa, pasando del 7% al 8% en estos tres meses que serán aplicados.

El decreto incorpora las cervezas, que no estaban el año pasado, a los productos con menores tasas: las cervezas y sidras sin alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica hasta el 0,5% Vol. a 20 grados celsius tendrán una tasa del 7% (se aplicaba 9%); en tanto las cervezas y sidras con alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 0,5% hasta el 10% Vol. a 20 grados celsius abonarán una tasa del 8% (se aplicaba 10%).

A partir del 1 de abril, según establece el referido decreto 4771, se aplicarán las tasas máximas establecid­as en la ley de modernizac­ión del sistema tributario, que es del 12% para el primer grupo y para las cervezas 9% y 10%, respectiva­mente.

En contrapart­ida, el decreto ya no incluye la reducción de las tasas del ISC que se aplica a máquinas automática­s para tratamient­o o procesamie­nto de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, las máquinas copiadoras, hectográfi­cas, mimeógrafo­s, máquinas, aparatos receptores de televisión, entre otros; así como los aparatos de telefonía celular y terminales portátiles, que hasta el 31 de diciembre último tributaban 0,5%, por lo que desde este mes vuelven a la tasa anterior del 1%.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Paraguay