“Resolución inapelable”
La resolución de la administración aduanera de Salto del Guairá, a cargo de Basilio Bogado, de liberar el 60% del cargamento de cigarrillos y otras mercaderías incautadas el año pasado, fue dictada por la vía incidental por lo que es inapelable y con esto se evitó una eventual acción de parte del representante fiscal de Aduanas. Según había señalado a ABC el director nacional de Aduanas, Julio Fernández, cuando se trata de resoluciones de primera instancia con incidentes, la ley dispone que serán inapelables y que esto, de acuerdo con la Asesoría Jurídica de la entidad, está establecido en artículo 366, inciso 5), del Código Aduanero. El organismo utilizó esta parte del código para evitar la apelación y entregar inmediatamente el 60% de las mercaderías, pero obvió los artículos que sancionan el contrabando y la tentativa.