Lo que establece el clasificador
En el clasificador presupuestario, que forma parte de la Ley N° 6672, que aprueba el Presupuesto General de la Nación (PGN) para el ejercicio 2021, se establece una serie de beneficios para el personal público dentro del denominado “subsidio familiar”.
El referido clasificador es el que define los ingresos, gastos y el financiamiento establecido en la ley de presupuesto, por lo que en el caso del “subsidio familiar” no solo incluye esta asignación propiamente dicha para el funcionario que percibe hasta un sueldo mínimo o la asignación para el docente del Ministerio de Educación, sino que también otros beneficios para todo el personal.
Por ejemplo, se agrupa bajo el concepto de “subsidio familiar” los pagos únicos en concepto de subsidio o subvenciones por nacimiento, defunción, escolaridad de hijos hasta la finalización de la educación media, gastos médicos extraordinarios, ayuda alimenticia, hasta la suma de G. 2.192.839 para cada concepto, con excepción del pago de alimentos para los guardiacárceles, que será de hasta G. 1.700.000 por bimestre, así como por los gastos médicos extraordinarios.
Este beneficio en marzo último fue pagado por casi todas las instituciones públicas, tanto las de la administración central así como por las entidades descentralizadas, hecho que desató la indignación ciudadana, porque no hay ajustes en el sector público y siguen dando bonificaciones en el peor momento de la crisis, cuando en el sector privado miles de trabajadores están sin empleos.