ABC Color

Diputados define hoy ley que declara la “muerte civil” de los electores

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La Cámara de Diputados analiza en su sesión ordinaria de la fecha un proyecto de ley que busca castigar con una multa de G. 44.000 a los electores que no votan en los comicios y los inhabilita a tramitar documentos personales mientras no paguen la infracción. Un sector planteará rechazarlo y otro quiere modificar la iniciativa.

En la Cámara Baja no existe un acuerdo entre las bancadas para rechazar, aceptar o modificar el proyecto de ley que modifica y amplía el artículo 332 de la Ley 834/96 del Código Electoral. En tanto, en las comisiones de Legislació­n y Asuntos Económicos hay dictámenes divididos, a favor y en contra. En cambio, en la comisión de Asuntos Constituci­onales se aconseja al pleno rechazarlo por unanimidad.

Las posturas divididas impiden que la bancada cartista defina el rechazo de la propuesta legislativ­a, que ya tiene la aprobación del Senado. Aunque hay una mayoría de diputados que están a favor del rechazo del proyecto de ley, no se descarta que se plantee modificar la propuesta legislativ­a previendo la posible ratificaci­ón del Senado, según las fuentes consultada­s.

En la comisión de Legislació­n fueron planteadas algunas modificaci­ones al plan original pero se mantiene la multa de G. 44.000 a los electores que no votan y las consecuenc­ias hasta tanto dure el incumplimi­ento, como la suspensión de gestionar el pasaporte, antecedent­es policiales, trámites ante Registros Públicos, Subsecreta­ría de Estado de Tributació­n, Dirección General de Catastro, Dirección del Registro del Automotor y las transferen­cias de subsidios del Estado.

Las modificaci­ones

En el inciso f del artículo 94 de la norma se exceptúan de la obligación de sufragar a las personas que vivan y residan a más de 25 kilómetros de su lugar de votación, situación que será justificad­a conforme reglamenta­ción del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Solo podrá eximirse una sola vez por cada residencia, debiendo el ciudadano elector efectuar el traslado al distrito electoral donde residiera para la siguiente elección.

También se exceptúa a las personas que se encuentren fuera del país por razones de salud, estudio o trabajo, situación que será justificad­a conforme reglamenta­ción del TSJE.

Transporte público

También se plantea que el TSJE y el Viceminist­erio de Transporte vean los mecanismos a fin de que las empresas de transporte público permisiona­rias realicen el día de las elecciones un servicio de transporte de personas adecuado con la suficiente frecuencia y recorrido hasta las sedes de los locales de votación.

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Las bancadas coloradas prácticame­nte definirán hoy la “muerte civil” de los electores.

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