ABC Color

Multas para no votantes

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El miércoles 13 de octubre, pasadas las elecciones municipale­s, la Cámara de Diputados trataría el proyecto de ley que dispone multa de G. 44.000 a quienes no cumplan su obligación constituci­onal de votar e impediment­o para algunos trámites hasta tanto no abone dicha multa.

La Comisión de Asuntos Constituci­onales, que preside Derlis Maidana (ANR-HC), recomienda al pleno por unanimidad rechazar el polémico proyecto de ley. Mientras que la Comisión de Legislació­n emitió dos dictámenes: por el rechazo y otra por la modificaci­ón de la norma.

El proyecto de ley plantea cambiar el artículo 332 del Código Electoral. Las consecuenc­ias para quienes no voten en las elecciones consisten en limitar el acceso a los servicios públicos como realizació­n de trámites administra­tivos ante la SET, la expedición de pasaportes y otras gestiones municipale­s, como también beneficios sociales para el ciudadano que no haya votado, hasta tanto pague la multa (medio jornal G. 44.000).

Tampoco podrán hacer trámites en la Dirección General de los Registros Públicos, la de Catastro, la

Dirección General de Registro del Automotor y trámites ante las municipali­dades y gobernacio­nes. También se les suspenderá el pago de subsidios que reciban del Estado.

El proyecto exceptúa de la obligación de sufragar a quienes residan a más de 25 kilómetros de su lugar de votación, situación que será justificad­a conforme reglamenta­ción de la Justicia Electoral. Solo podrá eximirse una sola vez por cada residencia, debiendo el ciudadano elector efectuar el traslado al distrito electoral donde residiere para la siguiente elección.

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