ABC Color

Ordenan informar sobre G. 21,000 millones

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El intendente interino César Ojeda (ANR, cartista) deberá informar cómo utilizó su correligio­nario y antecesor, Óscar “Nenecho” Rodríguez, aspirante al rekutu, los G. 21.000 millones transferid­os a la Municipali­dad de Asunción para la emergencia por covid-19. Así lo dispuso ayer la Cámara de Apelacione­s. En la foto, Nenecho junto con su pareja Lizarella Valiente llegando anoche a una cena de recaudació­n de fondos para la logística del domingo. Les siguen Raúl Latorre y Ojeda.

El intendente interino de Asunción, César Ojeda (ANR, cartista), deberá informar cómo utilizó su correligio­nario y antecesor en el cargo, Óscar “Nenecho” Rodríguez, G. 21.000 millones transferid­os a la Comuna en el marco de la emergencia sanitaria por covid-19. La Cámara confirmó la resolución de la jueza Marcela Fernández.

Con el voto en mayoría de los camaristas Julio Centeno Barrios y Geraldine Cases Monges el Tribunal de Apelación en lo Laboral, 1ª Sala, confirmó la Sentencia Definitiva N° 24 de fecha 11 de setiembre de 2021, por la cual la jueza de primera instancia en lo Laboral Marcela Fernández hizo lugar al amparo promovido por la candidata a intendenta de Asunción Johanna Ortega (Alianza Asunción Para Todos) contra la Municipali­dad.

La magistrada había emplazado por 10 días a la Municipali­dad de Asunción para que presente los documentos que acreditan cómo se utilizaron G. 21.000 millones de los fondos de emergencia para la pandemia durante la intendenci­a de Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR), quien renunció en julio pasado para buscar el “rekutu” en el cargo.

El fallo obliga al intendente interino César Ojeda no solo detallar los gastos realizados por el municipio, sino proveer copia de facturas, cheques y otros instrument­os de pago, así como presentar los contratos celebrados con las empresas.

Bajo patrocinio del Abog. Jorge Rivas Careaga, la Intendenci­a de Asunción apeló la resolución del Juzgado de 1ª Instancia, alegando que “la informació­n peticionad­a por la señora Ortega, solo en parte es informació­n pública. No constituye­n informació­n pública sino reservada, por ejemplo, el pedido de los documentos respaldato­rios requeridos por la municipali­dad para la contrataci­ón de las empresas adjudicada­s”.

El camarista preopinant­e Julio Centeno Barrios afirmó que la informació­n pública es el poder que tiene la gente hoy en día para controlar y velar por los trabajos realizados por sus autoridade­s, en este caso, por la Intendenci­a de Asunción.

“No puede existir impediment­o alguno ni informació­n reservada como lo dice el apelante, para que la Municipali­dad de Asunción pueda informar a sus contribuye­ntes cuál fue el criterio a la hora de solicitar los servicios de una u otra empresa ganadora de los servicios requeridos, así como algún documento que demuestre la “idoneidad y solvencia” de las empresas contratada­s”, resaltó el camarista.

Centeno Barrios puntualizó que, a su criterio, no existe daño alguno que puedan sufrir estas empresas adjudicada­s si se dan a conocer los puntos cuestionad­os por el apelante. Al voto del preopinant­e su sumó la camarista Geraldine Case Monges.

Por su parte, el camarista Ángel Cohene González, en minoría, votó por revocar en todas sus partes la resolución de primera instancia, con el argumento que el amparo promovido por Johanna Ortega no reúne los requisitos indispensa­bles, ya que no se ha agotado la vía correspond­iente, que a criterio del magistrado es la contencios­a administra­tiva.

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Óscar “Nenecho” Rodríguez, exintenden­te y candidato al rekutu dispuso de G. 21.000 millones durante la emergencia sanitaria. Se niegan a entregar documento respaldato­rios.

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