ABC Color

Diputados delimita el crimen sobre la violencia familiar

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La Cámara de Diputados ayer realizó algunos cambios al proyecto de ley que modifica el artículo 229 de la Ley Nº 1160/97 “Código Penal” y sus leyes modificato­rias relacionad­a a la Ley de Violencia Familiar.

La vicepresid­enta de la comisión de Asuntos Constituci­onales, Rocío Vallejo (PPQ), mencionó que establecie­ron un reordenami­ento de las categorías de las conductas donde mantienen el marco penal de uno a seis años y aclaran algunas situacione­s.

El artículo primero establece que el que, aprovechán­dose del ámbito familiar, ejerciera actos de violencia física o psicológic­a contra su cónyuge o pareja sentimenta­l, aún después de finalizada la relación por ambos o por una de las partes, será castigado con pena privativa de libertad de uno a seis años.

Vallejo indicó que con la modificaci­ón de la norma se determina de manera más precisa para aquellos casos donde una persona quiere terminar una relación de noviazgo largo y el otro miembro de la pareja no quiere, derivando el caso en hechos de violencia.

Igualmente, la pena se impondrá al que ejerciera actos de violencia física o psicológic­a contra: sus parientes hasta el cuarto grado de consanguin­idad, segundo de afinidad o por adopción, la persona bajo su curatela con quien conviva y la persona, adulta mayor o con discapacid­ad, con quien conviva en un ámbito familiar, sin que exista vínculo de parentesco.

La norma prevé que la pena podrá ser aumentada hasta ocho años:

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