Gremio pide investigar escucha a letrado
El Colegio de Abogados del Paraguay solicitó a la Corte Suprema de Justicia, a la Fiscalía General del Estado y al Ministerio del Interior una investigación profunda sobre las escuchas realizadas a un jurista y a las que califican de ilegales. El gremio, presidido por Manuel Riera, se hizo eco de una denuncia presentada por el abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta, radicada en la sesión del consejo directivo el 20 de setiembre último.
“Este pedido de un colega y asociado del gremio, a su vez, será presentado ante los organismos regionales que nuclean la abogacía solicitando su acompañamiento, pues es inadmisible que las comunicaciones de los abogados sean interceptadas en el ejercicio de la profesión y la defensa de las personas”, agrega la presentación.
La denuncia hace referencia a la autorización otorgada por la jueza especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía para interceptar la comunicación de la línea telefónica perteneciente a Lobo. Fue a pedido del fiscal
Eduardo Royg, en la investigación relacionada con la incautación del cargamento de 3.415 kilos de cocaína incautados en Fernando de la Mora por la Policía en julio último, caso en el que se encuentran procesados José Dubini Franco (defendido de Lobo) y su hijo Juan José Dubini Verdún.
Precisamente esta autorización sirvió de base para que el abogado Lobo Corberta recusara a Montanía, pero el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen
Organizado descartó del caso.
En su contestación, Montanía dijo que no tenía conocimiento de que el celular investigado perteneciera al abogado.
Los camaristas Gustavo Ocampos González y Arnulfo Arias Maldonado rechazaron la recusación, tras argumentar que la disconformidad con las actuaciones del juzgado no debe ser motivo de recusación, sino que se debería utilizar los resortes correspondientes para revisar las actuaciones que separarla cuestionan.
A su vez, Gustavo Auadre votó en minoría, al plantear que antes de resolver, se pida un informe al fiscal Royg, sobre las diligencias realizadas con relación al número investigado y a la empresa telefónica, sobre el usuario registrado como titular de la referida línea, entre otras diligencias.