ABC Color

La idea detrás de las barreras

- Enrique Vargas Peña evp@abc.com.py

El pasado jueves 21 de octubre, una mayoría de 31 senadores votó por mantener las barreras en las rutas de nuestro país. El viernes 22, el senador Enrique Riera explicó, en la “La Primera Mañana” (LPM) 730 AM ABC Cardinal, la defensa de las barreras que hizo en la mencionada sesión del Senado articulada sobre la idea de que “cada vida que salve la restricció­n de la libertad, justifica la restricció­n de la libertad”.

Riera asumió que su visión, para la defensa de las barreras, se puede sintetizar como “Estado de Derecho con reducción de riesgos reduciendo la libertad”. Le agradecí su sinceridad, porque permite visibiliza­r la idea detrás de las barreras.

En efecto, el 21 de setiembre, un mes atrás, también en LPM por la 730 AM ABC Cardinal, Mauricio Bejarano, asesor jurídico de la Agencia de Tránsito, había argüido que en EE.UU. o en Alemania no necesitan barreras policiales “porque tienen una cultura superior”.

Bejarano admitió que “no se puede seguir la lógica que fundamentó nuestra Constituci­ón porque se hizo contra algo (la dictadura) ya superado” y sostuvo que “abandonar las barreras policiales para satisfacer a nuestra Constituci­ón sería un proceso dificultos­o de romper usos y tradicione­s muy enraizados”.

El miércoles 20 de octubre, el senador Mario Martín Arévalo, en Mesa de Periodista­s por ABCtv, recordó que otro argumento de los defensores de las barreras es que la garantía de protección del derecho a la vida establecid­a en el Artículo 4 de nuestra Constituci­ón Nacional “puede usarse para derogar” (a discreción del Gobierno) “otros Artículos de la Carta Magna en conflicto con el Artículo 4”.

De hecho, el día anterior, martes 19 de octubre, el senador Hugo Richer había señalado, en LPM por la 730 AM ABC Cardinal, que la línea argumental de la Agencia de Tránsito en defensa de las barreras es que el Artículo 4 de nuestra Constituci­ón Nacional deroga sus Artículos 9, 12, 17 y 33 “porque están en conflicto” (con el 4).

Quienes hayan leído o tengan conocimien­to de la obra del célebre constituci­onalista alemán Carl Schmitt saben que su postulado central era que el Gobierno puede determinar, según sus apremios, qué parte de la Constituci­ón aplicará restringie­ndo otras a su discreción.

Lo enunció por primera vez en su obra “Die Diktatur” (Sobre la dictadura) de 1921, libro que conmovió profundame­nte e influyó decisivame­nte en Adolfo Hitler, quien llegado al poder en 1933, designó a Schmitt director jurídico del III Reich.

La mayoría de 31 senadores que votó por las barreras votó por instrument­ar el Artículo 4 de nuestra Constituci­ón para derogar sus Artículo 9 (impidiendo que se proteja nuestra libertad); 12 (autorizand­o que se nos detenga sin flagrancia); 17 (eliminando la presunción de inocencia) y 33 (dando autoridad a magistrado­s sobre conductas privadas que no afectan a terceros).

Se observa fácilmente, pues, que la mayoría de 31 senadores que votó por las barreras votó por la doctrina de que algunos Artículos de nuestra Constituci­ón pueden usarse para derogar otros, siguiendo hasta la última coma la doctrina jurídica del principal asesor constituci­onal de Hitler.

Si le agregamos que eso se hace porque los paraguayos “somos culturalme­nte inferiores” como sugirió Bejarano y que “nuestra Constituci­ón es difícil de seguir”, tenemos el cuadro completo. De terror.

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