ABC Color

Ahora es “cimiento para la independen­cia”

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La ministra de la Corte Suprema de Justicia María Carolina Llanes, ahora que ya está ocupando ese cargo “olvidó” la posición que había asumido cuando era una aspirante al puesto, defendió la inamovilid­ad de los integrante­s de ese máximo organismo judicial, alegando que está consagrada en la Constituci­ón Nacional y que es la base para lograr “la independen­cia” del Poder Judicial.

Luego de un día de silencio, ayer la ministra Llanes decidió utilizar su página de Facebook para pronunciar­se sobre la tan criticada inamovilid­ad de la cual ella fue una de las beneficiad­as, junto a sus colegas Eugenio Jiménez Rolón, Alberto Martínez Simón, María, Manuel Ramírez Candia y César Diesel Junghanns.

La ministra no había atendido las llamadas telefónica­s y prefirió el posteo para sentar su postura. Dijo que supuestame­nte la Constituci­ón Nacional avala que los ministros sean inamovible­s. “Es un mecanismo para asegurar su estabilida­d como cimiento sobre el cual construir la INDEPENDEN­CIA, como exigencia, para alcanzar la JUSTICIA”, agregó Llanes.

Agregó que conforme a ese diseño constituci­onal existen dos reglas que rigen la duración del mandato; una general para magistrado­s, que establece que a partir de dos periodos confirmado­s siguientes a su elección obtienen la inamovilid­ad hasta los 75 años; y otra regla especial para los ministros, que indica que los mismos durarán en el cargo hasta los 75 años, sin exigir nuevo concurso.

Llanes también indicó que esa diferencia­ción se hace en cuanto a los mecanismos de remoción, siendo posible destituir a un magistrado mediante el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s, y en el caso de los ministros, únicamente por la vía del juicio político.

A diferencia de la ministra, algunos de los beneficiad­os por las resolucion­es atendieron a la prensa y defendiero­n la postura alegando que desde hace 20 años la propia Corte Suprema de Justicia viene sosteniend­o que un ministro del máximo tribunal debe estar en el cargo hasta los 75 años de edad y que solo pueden ser removidos antes a través de un juicio político.

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