Nota Reversal N° 3 no impide juzgar, dicen
En un comunicado que dio conocer en la tarde de ayer la Cancillería, se señala que la referencia temporal contemplada en la Nota Reversal N° 3/2021, que crea la Comisión Binacional de Cuentas, no impide que los órganos jurisdiccionales paraguayos y brasileños investiguen y juzguen la responsabilidad civil y/o penal de consejeros, directores, directores adjuntos y demás funcionarios de la Itaipú, pero no aclara cómo queda la auditoría y el informe final de la Contraloría General de la República (CGR) en dicho contexto.
El texto menciona que el acuerdo diplomático al que se arribó el pasado día 5 de este mes, en Brasilia, que llevó cinco años de negociaciones, “representa el firme compromiso del Gobierno Nacional con la transparencia y con la búsqueda del perfeccionamiento en la administración conjunta y paritaria de la Itaipú Binacional”.
Agrega que en observancia de los textos constitucionales paraguayo y brasileño, que supeditan a los términos del tratado constitutivo la fiscalización de las cuentas de empresas en cuyo capital social el Estado participe, las Altas Partes Contratantes del Tratado de Itaipú han establecido una Comisión Binacional de Cuentas para llevar adelante la fiscalización contable, financiera, presupuestaria, operacional y patrimonial de la entidad, con la participación de sus órganos constitucionales, la CGR del Paraguay y el Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU), del Brasil.
Agregan que en el ejercicio de las funciones acordadas y que serán objeto de reglamentación posterior, estos órganos de control adoptarán los estándares internacionales de auditoría, siempre en conformidad con el Tratado de Itaipú y con la estructura normativa binacional que se aplica a su funcionamiento.
Dicen que en atención a la naturaleza de los trabajos que serán realizados, se acordó otorgar a la instancia de control binacional, la facultad de considerar en sus análisis los acontecimientos ocurridos durante los cinco años que preceden al ejercicio objeto de auditoría. “Ello se ajusta a la práctica de control que efectúa la CGR, órgano nacional de control constitucional que ha participado de todo el proceso de negociación y que tendrá la relevante misión de implementar el acuerdo en representación del Estado paraguayo, una vez aprobado por los Congresos de Paraguay y Brasil”, explican.