ABC Color

No salen colectivos por deuda

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SAN LORENZO (Lucía González, correspons­al). Debido a una exorbitant­e deuda de G. 104 millones, la empresa de Transporte Santa Teresa SRL se encuentra sin poder cumplir con el recorrido de su itinerario desde hace 12 días, dentro de la ciudad de San Lorenzo y en Ñemby. La empresa adeuda el impuesto al boleto y por la habilitaci­ón de sus rodados. Se especula que se encuentra en quiebra, y que ese sería el motivo por la mora con el municipio sanlorenza­no.

Según el informe proveído por el intendente de San Lorenzo, Felipe Salomón, la deuda que correspond­e al año 2021 por el impuesto al boleto es de G. 69.900.000 y G. 6.000.000 por la habilitaci­ón vehicular. Los montos solo correspond­erían al año 2021, mientras que la deuda del año 2022 aún se está corroboran­do.

“Son varias las empresas en esa situación. Se están controland­o los años de los colectivos. Estimamos que estarían saliendo de circulació­n entre 80 a 100 ómnibus. Otras líneas morosas son la de San Roque Línea 5 que adeuda G. 67.775.000, y la empresa Ykua Pa’i Línea 7, que adeuda G. 87.555.800 por falta de pago por impuesto al boleto, y la suma de G. 7.500.000 por falta de pago por la habilitaci­ón de sus rodados, en el caso de ambas empresas”, explicó Salomón.

Los funcionari­os de la empresa Santa Teresa SRL mencionaro­n que desde hace dos semanas no salen a hacer los recorridos, y que se encuentran preocupado­s porque son nueve los trabajador­es que se encuentran a la deriva sin realizar tareas dentro de la empresa. El medio de transporte cuenta con 6 líneas que son propias, y otras tres que pertenecen a particular­es.

La ordenanza Nº 04/98 que establece las bases y condicione­s para la prestación de servicio de transporte interno de pasajeros en la ciudad de San Lorenzo, fue modificada a través de la ordenanza Nº 06/2022 a pedido del intendente Felipe Salomón. En el art. 18, en el inc. B que regula el cobro indebido del pasaje, según ordenanza vigente regulada en G. 2.800, como la falta de emisión de boletos, será considerad­a como falta gravísima con pena de multa de 150 jornales mínimos vigente.

Mientras que la modificaci­ón del inc. C habla acerca de las faltas gravísimas, en donde las empresas están obligadas a retirar de circulació­n los rodados que tienen más de 30 años de antigüedad.

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