Víctimas del Ycuá llevan más de dos años intentando ejecutar sentencia
FALLO INDEMNIZATORIO QUEDÓ FIRME, PERO JUEZA PENAL “NINGUNEA” OFICIOS DE SU COLEGA CIVIL
El 1 de agosto próximo se cumplirán 18 años del incendio del supermercado Ycuá Bolaños V, donde casi 400 personas murieron y otras 300 sufrieron lesiones. El siniestro también dejó 206 niños, niñas y adolescentes huérfanos que además de la tragedia, deben lidiar hasta hoy día con otra secuela de su desgracia: la mora judicial.
La tragedia del Ycuá Bolaños derivó en una andanada de acciones no solamente en el fuero penal, sino también en los fueros civil y comercial y laboral. Sin embargo, la excesiva dilación de los juicios y en algunos casos, la impericia de algunos abogados, hicieron que muchos de estos quedaran en la nada.
La causa “’Patricio Daniel Florentín Aquino y otros contra Ycuá Bolaños V Botánico ICSA y otros sobre indemnización de daño moral”, iniciada en el año 2006, es uno de los pocos juicios que a la fecha cuenta con sentencia favorable firme.
Se trata de la demanda presentada por el abogado Alfredo Montanaro en representación de los hermanos Patricio Daniel y Carlos Miguel Florentín Aquino, en reclamo de indemnización por la muerte de su madre, la docente Isacia Aquino viuda de Florentín.
Luego de permanecer “varado” en manos de otros jueces, el 20 de julio del 2017 el juez en lo civil y comercial Arnaldo Martínez Rozzano condenó al propietario del Ycuá Bolaños V, el empresario Juan Pío Paiva y su hijo Víctor Daniel Paiva (+), a indemnizar a los hermanos en G. 440 millones.
Sentencia quedó firme en 2020
Este fallo quedó firme en el año 2020 y el 22 de febrero del 2021 Martínez notificó a la jueza penal de sentencia Laura Ocampos, para que levante el embargo para el pago correspondiente. Desde aquel entonces, se enviaron varios oficios más, el último en la semana pasada, todos sin respuesta.
“Ante el silencio de la referida magistrada, silencio
que ha durado desde la recepción del referido oficio, más de un año, nuevamente mi parte solicitó al juzgado civil que reitere su requerimiento”, explicó Montanaro.