Piden que magistrada explique demora
El abogado Alfredo Montanaro solicitó al juez en lo civil y comercial Arnaldo Martínez que requiera una explicación a su colega penal Laura Ocampos, acerca del motivo por el cual ignora reiteradamente los oficios remitidos para dar cumplimiento a una sentencia firme.
“Nuevamente y ante el sepulcral e inexplicable silencio de la referida Jueza Penal de Sentencias a los citados oficios mi parte solicitó en fecha 8 de marzo de 2022 se reitere nuevo oficio, el que fue diligenciado en fecha 11 de marzo de 2022, con la particularidad de que nuevamente la citada magistrada se ha llamado a silencio”, expresa el letrado.
“Pues bien, así las cosas, y ante las reiteradas faltas de respuestas a los oficios mencionados, solicito a V.S. remita nuevo oficio en idénticos términos solicitándole igualmente explique el o los motivos legales si los hubieren del porqué a la fecha no ha procedido a responder lo dispuesto por VS. de forma reiterativa”, agregó el profesional.
Montanaro representa a lo hermanos Patricio y Carlos Florentín Aquino, cuya madre Isacia Aquino, directora de la Escuela Graduada Nº 3737 Santa Rosa de Lima ingresó a las 11:00 en el supermercado, donde falleció por inhalación de monóxido de carbono. En aquel entonces, la docente tenía una antigüedad entonces de 12 años y 3 meses en la institución.
La sentencia de primera instancia, dictada por el juez Arnaldo Martínez Rozzano el 10 de agosto de 2017, fue ratificada en segunda instancia en marzo del 2019, por los camaristas en lo civil y comercial Linneo Ynsfrán, Carmelo Castiglioni y Valentina Núñez.
A principios del 2020, la sala Constitucional de la CSJ, integrada por los ministros Gladys Bareiro, Antonio Fretes y Miryam Peña rechazó in límine la acción de inconstitucionalidad promovida contra la condena.
El 22 de febrero de 2020 Martínez Rozzano ordenó la transferencia del importe consignado en la sentencia a la cuenta abierta a nombre del presente juicio, para lo cual notificó a la jueza penal Laura Ocampos.
Según el documento, el monto a ser transferido a las víctimas es de G.. 440.000.000, que es la suma establecida en concepto de daño moral por la sentencia que se busca ejecutar.