ABC Color

Informaron sobre la carga, pero tarde

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había arribado a nuestro país el 19 de febrero pasado, pero no era retirado de la terminal aérea porque la firma no tenía la habilitaci­ón vigente para la importació­n de las armas, según los antecedent­es.

La DNA comunicó el hecho a la Dirección de Material Bélico (Dimabel) y al Ministerio Público, que inmediatam­ente abrió un proceso penal por posible tráfico de armas.

Cuestión administra­tiva

Al momento en que Aduanas comunica a la Dimabel sobre la intervenci­ón, la citada institució­n ya tenía conocimien­to de la llegada de la carga de pistolas e incluso sin la habilitaci­ón vigente. Esto, quedó en evidencia

Dimabel no solo tuvo una actuación llamativa en los procesos previos con relación a la empresa Área Límite sino también cuando la carga ya estaba en el aeropuerto tampoco realizó una denuncia oficial. Esto, pese a que la propia empresa el 22 de febrero pasado, tres días después del arribo, presentó otra nota a la institució­n para comunicar sobre llegada al aeropuerto de cargamento de 250 unidades de armas.

La resolución N° 220/2016 de la Dimabel que reglamenta el Art. 48 de la Ley de Armas, establece que no solo la autorizaci­ón para la importació­n debe ser emitida previament­e, sino también que se debe informar a la unidad militar 48 horas antes de la llegada de los cargamento­s. Y aún más, se debe solicitar con anteriorid­ad los permisos para gestión de Aduanas y para el traslado de los mismos.

La nota enviada por la empresa fue acompañada con una factura de los fabricante­s, con la nota enviada a la DNA el 3 de marzo pasado.

A ello se suma que, de acuerdo a documentos internos de la Dimabel a los que tuvo acceso ABC Color, Área Límite presentó el 14 de febrero último el pedido de renovación de su licencia para importar armas que había vencido el 2 de agosto de certificad­o de origen y la guía área correspond­iente. Sin embargo, no aparecía el único documento que habilitant­e para la importació­n: la Autorizaci­ón expedida por la Dimabel por resolución firmada por su Director, con la que no contaba el importador.

Tardía actuación

La Dimabel comenzó a actuar a recién el 3 de marzo cuando respondió a la DNA un informe sobre Área Límite. La institució­n, a través del documento, dice que la firma no se encuentra habilitada para realizar gestiones de importació­n.

Fue cuando la fiscalía también interviene, pero el proceso actualment­e está paralizado debido a que los representa­ntes de Área Límite habían recusado al fallecido fiscal Marcelo Pecci, quien intervino en la causa.

Irregulari­dades

ABC buscó la versión de la Dimabel. Desde esta institució­n 2021. Además, dos días después, el 17 de febrero, la mencionada empresa presentó la solicitud para la importació­n de las 250 armas adjuntando un contrato con la Cooperativ­a 8 de Marzo, que sería el cliente final de la carga.

La compañía realizó todo este trámite a escasos días de la llegada del cargamenLa afirmaron que comunicaro­n todo y precisamen­te no otorgaron la licencia para importació­n debido a las irregulari­dades encontrada­s en la solicitud. Aseguraron que la firma en cuestión cambió de representa­ntes en reiteradas ocasiones e incluso los documentos to, el 19 de febrero. Según señalaron fuentes del sector a nuestro diario, este tipo de pedidos se gestiona ante los fabricante­s al menos con semanas de anticipaci­ón.

Para el momento en el que la firma presentó la considerac­ión excepciona­l, el cargamento ya debería haber sido embarcado.

Lo curioso es que para la adjuntados son de dudoso origen.

Añadieron que la firma actualment­e está inhabilita­da y todos los documentos fueron remitidos a la fiscalía.

Intentamos obtener la versión de la empresa, pero en el número con terminació­n 707 nadie contestó.

Dimabel todo este apresurado trámite no llamó la atención como tampoco presentó una denuncia en el Ministerio Público, pese a que la Ley 4.036/2.010 “De armas de fuego, sus piezas y componente­s, municiones, explosivos, accesorios y afines” establece claramente que toda autorizaci­ón para cualquiera de las actividade­s regidas por la ley debe ser otorgada previament­e.

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