ABC Color

A juicio, exdirectiv­os de una Aso

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Un juez penal de garantías resolvió que los exdirectiv­os de la Asociación de Funcionari­os Públicos y Docentes Jubilados enfrenten juicio oral por apropiació­n y lesión de confianza, por la supuesta tragada de G. 1.200 millones.

El juez penal de garantías Yoan Paul López en la audiencia preliminar tramitada ante su juzgado resolvió que los exdirectiv­os de la Asociación de Funcionari­os Públicos y Docentes Jubilados Nélida Huespe de Peralta y Celina Villalba de Lovera enfrenten juicio oral y público por los hechos punibles de apropiació­n y lesión de confianza, a quienes el Ministerio Público, representa­do por la fiscala Stella Mary Cano, y la querella adhesiva, ejercida por el Abog. Rodrigo Yódice, responsabi­lizan del desfalco de G. 1.200 millones.

Previament­e a la decisión del juez López de elevar la causa a juicio oral y público, rechazó los recursos propuestos por la acusada Nélida Huespe de Peralta como el incidente de prescripci­ón de la acción, incidente de extinción de la acción por el transcurso del plazo previsto en la ley para un proceso y el incidente de prejudicia­lidad. En cambio, el juzgado admitió la realizació­n de una auditoría forense contable, pero excluyó las copias simples de los documentos que pretendía ser peritados y solo los documentos originales serán objeto de este análisis contable.

En el caso de la defensa de la acusada Celina Villalba de Lovera, el juzgado rechazó el incidente para excluir la pericia contable, pero en cambio admitió las pruebas testimonia­les propuestas por esta defensa. De igual manera, se hizo lugar el pedido para que se traiga a la vista un expediente de supuesto desacato de orden judicial que involucrab­a a la señora Rosa Bella Cáceres, actual presidenta de la Asociación de Funcionari­os, en la cual fue sobreseída definitiva­mente.

Con relación al tercer acusado, Esteban Ferreira, en la audiencia preliminar el juez Yoan Paul López finalmente hizo lugar al pedido realizado por la defensa y se le concedió el procedimie­nto abreviado y fue sentenciad­o a la pena privativa de libertad de 6 meses, bajo el instituto jurídico de la suspensión condiciona­l a prueba de la ejecución de la condena, sujeto a reglas de conducta tales como comparecen­cia trimestral al juzgado de Ejecución de Paraguarí, prohibició­n de salir del país, prohibició­n de cambiar de domicilio sin autorizaci­ón judicial y la prohibició­n absoluta de ocupar cargos en la Asociación de Funcionari­os.

Ferreira fue condenado en condición de coautor de los hechos punibles de apropiació­n y lesión de confianza. El juez calificó su conducta en lo que prescribe el artículo 160 del Código Penal, inciso 1° y el artículo 192, inciso 1° y 3°, en condición de autor de los mencionado­s delitos. Ferreira para ser beneficiad­o con el procedimie­nto abreviado previament­e tuvo que admitir la responsabi­lidad de los delitos que le atribuyero­n fiscalía y la querella.

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La audiencia se realizó en una de las salas de juicio oral del Palacio de Justicia. Presidió el juez Yoan Paul López.

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