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Inscripció­n automática tendría sanción ficta y el TSJE objeta su aplicabili­dad

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La Cámara de Diputados no tiene previsto sesionar el lunes, día en que tendrá sanción automática el proyecto de ley que establece la inscripció­n automática en el

El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard (ANR, cartista), remitió al Congreso sus considerac­iones sobre el proyecto de ley que pretende la inscripció­n automática de paraguayos en el país y en el exterior que no estén empadronad­os y tengan el derecho al voto.

El proyecto de ley de inscripció­n automática, de ser sancionado y promulgado por el Poder Ejecutivo, recién podría ser implementa­do para las elecciones municipale­s, debido a que ya vencieron los plazos establecid­os en el calendario electoral para ser aplicado.

Como primera traba mencionan desde el TSJE que requieren de un extendido plazo de gestión, ya que se deben realizar convenios con organismos internacio­nales a través de la Cancillerí­a, requiriénd­ose, además, la obtención de datos provenient­es de los diferentes Consulados.

Señalan que la experienci­a les indica que los padrones de los diferentes países registran el número de documento del país correspond­iente y no tienen registrado el número de cédula de identidad paraguaya, por lo que resultaría dificultos­o realizar una identifica­ción precisa de los ciudadanos inscriptos.

Mencionan que la inclusión automática de todos los paraguayos no empadronad­os que cuentan con cédula de identidad representa­ría incluir a aproximada­mente 1.500.000 electores, que pasarán a engrosar el padrón nacional y los padrones partidario­s.

Refieren que según datos de Identifica­ciones estarían habilitand­o a casi 500.000 personas mayores de noventa años con altísimo porcentaje de fallecidos que no podrán ser depurados del registro debido a la imposibili­dad de obtener el Certificad­o de Defunción de los mismos que, de acuerdo a la ley, es el único instrument­o que permite excluirlo.

Añaden que es injusto inscribir a paraguayos en el exterior sin su anuencia. Remarcan que la aplicación de la norma requerirá la modificaci­ón del Código Electoral y que incluso podría vulnerar disposicio­nes referentes a la soberanía de otros países.

Registro Cívico Permanente de ciudadanos paraguayos residentes en Paraguay y en el extranjero. La Justicia Electoral objeta la aplicación de la norma.

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