ABC Color

Nuestro país no debe someterse al chantaje argentino en la hidrovía

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En 2022, la Argentina impuso por sí y ante sí un peaje de 1,47 dólares por tonelada de registro neto del buque –sin ninguna contrapres­tación de servicios– para el transporte de carga fluvial en el tramo comprendid­o entre el puerto de Santa Fe y la confluenci­a de los ríos Paraná y Paraguay. Lo dispuesto implica una clara violación del Tratado del Mercosur, que apunta a la “eliminació­n de los derechos aduaneros y restriccio­nes no arancelari­as a la circulació­n de mercadería­s y de cualquier otra medida equivalent­e”. También supone ignorar el tratado que creó la hidrovía en 1992, suscrito por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay, que prohíbe a estos países establecer, sin previo acuerdo entre ellos, “ningún impuesto, gravamen, tributo o derecho sobre el transporte, las embarcacio­nes o cargamento­s, basado, únicamente, en el hecho de la navegación”.

En realidad, la medida argentina se trata de “un derecho de paso”, que vulnera el principio consuetudi­nario de libre navegación de los ríos internacio­nales, sostenido enérgicame­nte por nuestro país desde los albores de su independen­cia, dada su condición mediterrán­ea. Precisamen­te, en 1852, el entonces presidente Carlos Antonio López anunció que el primer periódico de nuestro país, El Paraguayo Independie­nte, cerraba sus páginas, y justificó tal medida diciendo que había conseguido sus principale­s fines, entre los que destacaba la libre navegación de los ríos, que venía sufriendo trabas precisamen­te por parte de la Argentina.

Repitiendo la historia, el vecino país “peajero” ha vuelto a poner serios inconvenie­ntes a nuestro comercio internacio­nal. Según el viceminist­ro de Comercio, Pedro Mancuello, ya cobró cinco millones de dólares en concepto de peajes, estimándos­e que podría recaudar en tal concepto entre 40 y 50 millones de dólares anuales, a expensas tanto de los exportador­es paraguayos como de los consumidor­es de productos importados, que

sufrirán el impacto de la transferen­cia del costo del peaje a los precios.

La arbitraria decisión, que no servirá de mucho para sanear las finanzas argentinas, pero sí para dañar nuestra economía, fue uno de los temas de la LVIII Reunión de la Comisión del Acuerdo de la Hidrovía Paraguay - Paraná, celebrada en Montevideo el 19 de mayo. En la ocasión, las delegacion­es de Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay expresaron su “grave preocupaci­ón” por el unilateral peaje argentino, que ignoró el deber de informar a la Comisión de toda medida que afecte la aplicación del acuerdo, para que ella pueda evaluar su alcance y formular propuestas. En otros términos, fue una medida sorpresiva, que planteó aviesament­e un hecho consumado. La ilegítima determinac­ión sigue en vigor, pese a que las delegacion­es de los países citados insistiero­n en que el Ministerio de Transporte argentino suspenda su aplicación, hasta que se agote el estudio en el ámbito interguber­namental y se garantice la libertad de tránsito de los buques de las respectiva­s banderas, según el espíritu del acuerdo que reconoce la libertad de navegación por la hidrovía.

Las cuatro delegacion­es afirmaron que el peaje inconsulto –en violación del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra– afecta directamen­te a los agentes económicos que usan la hidrovía y que ya ha causado “perjuicios considerab­les al comercio, que deben cuantifica­rse para su eventual compensaci­ón”. La Argentina alega que el peaje sirve para costear el mantenimie­nto de los trabajos de dragado y balizamien­to, así como de otros adicionale­s, cuya realizació­n aún está siendo analizada por los otros signatario­s del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra. Cualquiera sea el resultado, lo cierto es que el país vecino vulneró lo acordado al no informar previament­e a la Comisión y no demostrar que el servicio fue realmente prestado. Por ende, los cobros efectuados carecen de validez, siendo de esperar los resarcimie­ntos correspond­ientes.

Dado que el Gobierno argentino aduce que le resulta imposible suspender el cobro del peaje, que financiarí­a las inversione­s realizadas desde 2010 y que nuestra Cancillerí­a afirma –correctame­nte– que toda tarifa a ser cobrada en la hidrovía requiere la acepción previa de los cinco socios y la existencia de un servicio realmente prestado, la cuestión podría terminar siendo dirimida en el ámbito tribunalic­io internacio­nal. El Paraguay –principal afectado por la arbitrarie­dad comentada– no debe someterse mansamente a un cobro a todas luces indebido, que atenta contra el libre comercio de un país mediterrán­eo, sometido así a una suerte de vil chantaje.

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