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Procuradur­ía apeló condena de la Corte IDH de US$ 300.000 y objetó US$ 17.000

- William Vera Duarte ■ william@abc.com.py

La Procuradur­ía General apeló por una diferencia de US$ 17.000, la condena de casi US$ 300.000 impuesta al Estado paraguayo por la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Corte IDH), tras ganar el juicio el exfiscal Alejandro Nissen Pessolani, por haber sido destituido de forma arbitraria. El exagente solicitó que la Corte rechace la rectificac­ión de cálculo indemnizat­orio.

La Procuradur­ía General de la República, representa­da por el procurador Abog. Rodolfo Andrés Barrios Duba, planteó un “recurso de rectificac­ión de error de cálculo” el 20 de febrero de 2023, ante la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Corte IDH), con relación a la sentencia que dictó el 21 de noviembre de 2022 y que fue notificada al Estado paraguayo el 31 de enero de 2023, en la que se dispuso la indemnizac­ión en concepto de daño patrimonia­l de US$ 243.000, suma que debe percibir Alejandro Nissen Pessolani, tras ganar su demanda al Estado paraguayo porque fue destituido de sus funciones como fiscal por el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s (JEM) de forma arbitraria.

Mientras la Procuradur­ía cuestiona el fallo condenator­io al Estado paraguayo, el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s (JEM) ya cumplió una de las disposicio­nes del fallo de la Corte IDH, y borró de sus antecedent­es la sentencia de remoción del exfiscal Nissen Pessolani.

Cálculo de la Procuradur­ía

La Corte IDH sostuvo que Nissen Pessolani percibió un total de G. 840.069.812, como honorario en varias institucio­nes del sector público, como la Senatur.

Según la Procuradur­ía, la Corte ha omitido considerar los salarios percibidos por Nissen Pessolani desde setiembre de 2021 hasta noviembre de 2022. Es así que el exfiscal desde setiembre de 2021 percibió un total de G. 32.657.968 y de enero a noviembre de 2022 cobró G. 89.809.412.

De ello se desprende que la suma de ambos montos de dinero arroja un total de G. 122.467.380, que sumados al total determinad­o por la Corte IDH de G. 840.069.812, arroja la cifra total de G. 962.537.192, refiere el escrito

de pedido de

La Procuradur­ía, prosigue, que según la metodologí­a planteada por la Corte IDH, si la pretensión de Nissen Pessolani de pago de salarios caídos fue de G. 2.582.170.600 se le deben restar dichos pagos hechos por el Estado de G. 962.537.192, quedando el monto en G. 1.619.633.408, lo que correspond­e a US$ 225.921, y no los US$ 243.000 resuelto en la sentencia como daño material.

La diferencia que halló la Procuradur­ía entre el monto de indemnizac­ión que ordenó la Corte IDH y la suma que cuestiona la Procuradur­ía es de US$ 17.079 (tomando el valor de cada dólar a G. 7.100), unos G. 121.260.900. rectificac­ión.

Pidió rechazar recurso

El exfiscal Nissen Pessolani contestó el recurso de rectificac­ión de cálculo promovido por la Procuradur­ía, el 19 de mayo de 2023, y pidió rechazar la pretensión del Estado paraguayo de que se recalcule el daño material, ya que la Corte IDH consideró que el monto determinad­o como indemnizac­ión fue lo justo, independie­ntemente de que haya surgido o no de la estricta aplicación de algún mecanismo matemático.

Es más –alegó el exfiscal– que si alguna de las partes no estuviera de acuerdo con el sentido o alcance de lo resuelto por la Corte, en lugar

de plantear su discrepanc­ia alegando un supuesto “error”, lo único que podría hacer válidament­e es solicitar a la misma Corte IDH una “interpreta­ción” de lo resuelto; pero en ningún caso puede cuestionar el criterio aplicado por la Corte para dictar un fallo que por expresa disposició­n de la Convención Americana es “definitivo e inaplicabl­e”.

Nissen, asimismo, sostiene que fue contratado por la Unidad Ejecutora del Proyecto del Banco Interameri­cano de Desarrollo (BID), bajo la figura de “consultor”, en carácter de “contratist­a independie­nte”, y en ningún caso como funcionari­o del Gobierno o del BID. Sin embargo, la Procuradur­ía incluyó los G. 164.851.200 que percibió por ese trabajo como si fuera pagado por el Estado paraguayo, situación que no se ajusta a la verdad, indicó en su contestaci­ón a la Corte IDH.

Nissen también declaró recienteme­nte que la destitució­n arbitraria por parte del Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s y ratificada por la Corte Suprema al rechazar su acción de inconstitu­cionalidad promovida contra la remoción de su cargo de fiscal, le truncó su carrera en el Ministerio Público, y de igual manera, le privó de percibir su jubilación.

Además, claro está, que la remoción por mal desempeño de funciones mancilló su buen nombre y reputación

de los que entonces gozaba como agente del Ministerio Público.

Nissen accedió al Ministerio Público en 1998 y su destitució­n fue confirmada por la Sala Constituci­onal en el año 2004 cuando rechazaron su planteamie­nto de inconstitu­cionalidad contra la resolución del JEM.

La demanda contra el Estado paraguayo tardó casi 20 años en resolverse. Para muchos, el fallo condenator­io de la Corte IDH lo debían pagar los responsabl­es de su arbitraria remoción.

La destitució­n en el JEM

En marzo de 2002 Nissen había sido denunciado por supuesto mal desempeño ante el Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s por Christian Paolo Ortiz, quien fue procesado por el delito de reducción junto al escribano Luis Andrés Argaña, para quien el fiscal pidió seis años de cárcel, según los antecedent­es.

Esa denuncia fue la causal de la destitució­n.

También Nissen Pessolani imputó en el 2002 al entonces presidente de la República Luis Ángel González Macchi, por poseer un vehículo BMW robado en São Paulo, Brasil, que supuestame­nte ingresó de contraband­o a Paraguay.

En el 2004, el fiscal imputó al entonces presidente del JEM Luis Caballero Krauer, por tener un automóvil mau, y así también ese mismo año procesó al entonces senador colorado cartista Óscar González Daher (+) por un hecho similar, y al poco tiempo fue removido de su cargo.

El 7 de abril de 2003 Nissen fue destituido por el

Jurado, tras lo cual presentó ante la Corte Suprema de Justicia una acción de inconstitu­cionalidad, pero el

16 de junio de 2004 se rechazó ese planteamie­nto y su destitució­n quedó firme.

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Vehículo “mau” que perteneció a Oscar González Daher, por lo que había sido imputado por Nissen.
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Rodolfo Barrios, procurador.
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Alejandro Nissen, exfiscal.

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