Dos ediles se disputan la titularidad de la Gobernación de Alto Paraguay
El Tribunal de Justicia Electoral de la Circunscripción Judicial de Concepción y Alto Paraguay hizo lugar a la medida cautelar presentada por Cinthia Benítez (ANR), quien fue designada gobernadora de Alto Paraguay por la Junta Departamental.
Tras su destitución el pasado 5 de mayo, el exgobernador Ricardo Duarte Filho (ANR) presentó un pedido de nulidad de la resolución de la Junta Departamental, en busca de continuar en el cargo, que ocupó tras la renuncia de Domingo Adorno (ANR), quien fue electo diputado.
La resolución del Tribunal Electoral, que pone en posesión del cargo a Cinthia Benítez, es solo una medida cautelar, hasta tanto salga una sentencia definitiva, que podría confirmar a Benítez, o eventualmente el retorno de Ricardo Duarte Filho.
La medida cautelar sostiene no hacer lugar a la petición del, por ahora, exgobernador, quien pretendía que se anule la resolución de la Junta Departamental, que lo apartó del cargo por supuesto abuso de autoridad, nepotismo y de llevar a la institución a un caos administrativo desde enero.
La nueva “gobernadora” buscaba asumir su cargo ayer, en las oficinas administrativas que la institución posee en Asunción, pero fue imposible, por lo que Duarte Filho continúa al frente de la gobernación, alegando que él sigue siendo el jefe departamental, ya que presentaron un pedido de nulidad de lo resuelto.
La defensa del exgobernador presentó una medida cautelar de urgencia, buscando la revocación del A.I. 30/23 de fecha 2 de junio del Tribunal Electoral de Concepción y Alto Paraguay, que decidió conceder la medida cautelar a Benítez.
Se solicita la remisión del expediente al Tribunal de Apelación, para el estudio respectivo, donde se pide la revocación de la resolución de la Justicia Electoral, por su absoluta improcedencia, y
que se confirme la resolución Nº 01/23, de la Junta Departamental, por la cual habían designado a Duarte Filho como gobernador.
Asunción Valdovinos, abogada del Duarte Filho, señaló que la decisión del Tribunal Electoral es una “abierta contradicción de la Constitución Nacional, el Código Electoral y el Código Procesal Civil”.