Hambre...¿de qué? Monopolio para APESA
La media sanción al proyecto de ley Hambre cero en las escuelas confirma que el Gobierno y los legisladores cartistas que lo impulsan, tienen hambre, mucha hambre, pero no precisamente de comida, como la que urgen los niños, sino hambre de dinero, de poder, mientras intentan saciar también su sed... de venganza.
Si se tiene en cuenta el debate de los últimos días y el modo en que los diputados cartistas se pasaron por el forro las recomendaciones de médicos y otros expertos en la materia, se puede concluir que con la ley Hambre cero la intención real del Gobierno es lucrar y asegurar que ese dinero sea para su círculo cercano. No están remotamente interesados en la nutrición de los niños en las escuelas.
Entre otros, dos hechos son evidencia. El primero, que el Consejo Nacional de Alimentación Escolar (Conaes) esté integrado por Opaci (Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal), oenegé de intendentes dedicada a cobrarnos por los registros de conducir; pero no aceptaron incluir al Ministerio de Salud, responsable de las políticas de salud nutricional de la población; ni a las sociedades médicas ni a las científicas.
Lo segundo es que a partir de la ley, todas las gobernaciones recibirán fondos para almuerzo escolar, salvo Central y Presidente Hayes, a cargo actualmente de políticos opositores a los cartistas. No solo con la Fiscalía y el Poder Judicial persiguen a quienes piensan distinto, también lo hacen en las cámaras de Senadores y Diputados.
Es vergonzoso que el ministro de Educación, Luis Ramírez, respalde el plan como lo presentaron. Y que haya argumentado que entre las modernas teorías en nutrición, hay una que propugna el ayuno intermitente. Y es que, incluso cuando las sociedades médicas insisten en lo contrario, Hambre cero se centra en el almuerzo y elimina la merienda escolar, según el mismo ministro había informado.
Hubo quien dijo que los miembros del Gobierno se creen todos papás del ASA. Y eso parece, a juzgar por sus decisiones. Al destinar Fonacide a su proyecto, quiero verles garantizar el Arancel Cero de una Fuente 10, vacía para atender urgencias en hospitales y escuelas, pero siempre disponible para mantener “nepobabies”.
Nada importa, tienen su “aplanadora cartista” para imponer su voluntad, incluso aplastando el derecho a la alimentación y a la equidad de niños y niñas, pese a las advertencias de las sociedades científicas. Pero qué importan los científicos en un país donde la decisión viene de un “quincho”.
Usan al Congreso como garrote, al igual que están usando a la “Justicia”. Cuidadito con oponerse al cuadradismo, que avanza a toda máquina. No sé cómo estaremos dentro de cinco años pero, me da escalofríos pensarlo. No les importa la calidad de vida ni la educación de los niños. Es su hambre de poder lo que los impulsa y no sé si lograremos frenarlos a tiempo.
El Artículo 7 de nuestra Constitución dice que “Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado… Estos propósitos orientarán la legislación y la política gubernamental”. Y el 8 dice que “Las actividades susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por la ley. Asimismo, esta podrá restringir o prohibir aquellas que califique peligrosas. Se prohíbe… armas nucleares, químicas y biológicas, así como la introducción al país de residuos tóxicos. La ley podrá extender ésta prohibición a otros elementos peligrosos…”
El 107 establece que “Toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia, dentro de un régimen de igualdad de oportunidades. Se garantiza la competencia en el mercado. No serán permitidas la creación de monopolios y el alza o la baja artificiales de precios que traben la libre concurrencia...”
Según el Gobierno, los Artículos
7 y 8 derogan a su Artículo 107 (libre concurrencia) y él puede, emitiendo un mero decreto, formalizar esa derogación. Según el Gobierno, él por sí y ante sí puede decidir que la instalación de estaciones de servicio es una actividad susceptible de producir alteraciones ambientales, aunque nuestra Constitución exige, precisamente en su Artículo 8, que una ley, es decir el Congreso, defina esas actividades: Sólo el Congreso “podrá restringir o prohibir aquéllas que califique peligrosas”.
Según el Gobierno, él por sí y ante sí puede prohibir una actividad, aunque como queda evidente más arriba, solo el Congreso puede hacerlo, pero ni siquiera el Congreso sin que se defina antes, previamente, que la actividad es peligrosa, también mediante una ley.
El Gobierno carece de cualquier autoridad constitucional, legal o legítima para impedir a cualquier ciudadano concurrir a realizar la actividad económica de su libre preferencia, por ejemplo, instalar una estación de servicio.
El Artículo 107 garantiza que solamente el mercado, nadie más, diga que tal o cual actividad está saturada, pero el Gobierno decidió ahora, mediante el decreto 1400, que hay saturación de estaciones de servicio; me lo confirmó el ministro Rolando de Barros en la 730 ABC Cardinal, quien defendió que el Gobierno sea el que diga si “ya hay suficientes” estaciones de servicio.
Con ese mismo criterio puede decidir que ya hay suficientes “Biggies”, que ya hay suficientes talleres mecánicos o fábricas de embutidos. Es lo que denunció en “Mesa”, por ABCTV, Sebastián Acha (Prodinamis): “La discusión es si un decreto presidencial puede ir en contra de la prescripción constitucional de la libre concurrencia”.
El decreto 1400 crea un monopolio en beneficio de APESA, y prohíbe a los comunes concurrir a competir con APESA. El interés particular de APESA de no tener más competencia fue apoyado por Santiago Peña, que prefirió aplastar el interés general: el derecho de los comunes a concurrir a la venta de combustibles.
Acá hay defensores selectivos de nuestra Constitución: La defienden en lo que no les molesta. Pero si hay que defenderla por los derechos de los comunes, apoyan que el Gobierno la pisotee y viole por decreto.