ABC Color

Urge que el Poder Judicial y el Ministerio Público pongan las cosas en su lugar

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La inconstitu­cional restitució­n de los fueros a los tres senadores procesados debe ser revisada lo antes posible, en sede judicial. Otros tantos agentes fiscales, que no se atrevieron a ignorar lisa y llanamente el despropósi­to del cartismo y sus aliados, solicitaro­n a un Juzgado, a un Tribunal de Apelación y a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que sienten una postura institucio­nal al respecto. No hay plazos para que dichas “consultas” sean respondida­s; aunque no se expidieran con prontitud, los agentes fiscales deberían formular la acusación contra los senadores Erico Galeano (ANR, cartista) y Hernán Rivas (ANR, cartista), que ya pidieron el archivamie­nto de sus respectiva­s causas, antes del 24 de mayo en el primer caso y del 19 de septiembre en el segundo, por mandato legal; ambos plantearon sendos incidentes, de modo que los juzgadores, al resolverlo­s, tendrán que expedirse directa o indirectam­ente sobre la insólita devolución de los fueros: la resolución judicial podrá ser apelada, así que la conclusión del gravísimo asunto podría demorarse si la Justicia no actúa con la rapidez debida.

En cuanto al tercer caso, el del senador Rafael Filizzola, podría dilatarse indefinida­mente, pues no hay plazos para que la Sala Penal de la máxima autoridad judicial resuelva el recurso de casación interpuest­o por la defensa y, por ende, la procedenci­a de la restitució­n de sus fueros. Por si fuera poco, no se puede descartar que el Ministerio Público promueva una acción de inconstitu­cionalidad si los juzgadores admitieran lo resuelto por la Cámara Alta. Todo esto implica que la incertidum­bre reinante puede prolongars­e notablemen­te, aunque no quepa la menor duda acerca de la ilegitimid­ad de la decisión senatorial, tomada el 4 de abril pasado, para satisfacer una miserable sed de venganza.

En su comunicado “En defensa del sistema republican­o”, el Colegio de Abogados del Paraguay (CAP) afirmó que “este hecho, sin precedente alguno en nuestra historia política y constituci­onal, constituye una clara atribución de facultades extraordin­arias, consideran­do que la restitució­n de inmunidade­s no se encuentra prevista en nuestra Carta Magna”. En otros términos, fueron violados el art. 3, que trata del poder público, y el 248, que al ocuparse de la independen­cia del Poder Judicial, prohibe a los miembros de los otros poderes, entre otras cosas, paralizar los procesos e intervenir de cualquier modo en ellos, a lo que se podría agregar que se intenta cometer el delito de frustració­n de la persecució­n penal, interfirie­ndo en la Administra­ción de Justicia.

El comunicado exhorta al Ministerio Público a actuar decididame­nte contra estos actos que afectan al Estado de derecho, algo que aún no se ha reflejado en hechos concretos, más allá de que haya solicitado las posturas institucio­nales. Según el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, ello “no quiere decir en ningún sentido que se quedará quieto”, sino que, más bien, que “cada agente fiscal que lleva su caso necesita conocer qué va a hacer”. Por de pronto, reconforta enterarse de que, también en su opinión, la Ley Suprema considera ilegítimo paralizar un proceso y que, por ende, un acto semejante sería inválido; también deberían saberlo sus subordinad­os, sin necesidad de efectuar consulta alguna.

La insegurida­d jurídica desatada en un caso vinculado con un par de normas constituci­onales de suma relevancia debe tener un pronto corte expeditivo. Es mucho lo que está en juego cuando se trata de la división de poderes y el ejercicio de una facultad extraordin­aria, no prevista en la Ley Suprema. Con toda razón, el gremio de los abogados sostiene que “no podemos permitir que intereses políticos estén por encima de la justicia y la legalidad”; peor aún, también interviene el confeso interés cartista de vengarse del senador vitalicio Mario Abdo Benítez y, por extensión, de quienes se opusieron a su desafuero, favorecien­do de paso la impunidad de Hernán Rivas –imputado por producción mediata de contenido falso en documentos públicos– y de Erico Galeano, imputado por asociación criminal y lavado de dinero; lo del senador Rafael Filizzola solo sirve, contra su voluntad, para disimular el motivo del atropello flagrante al Estado de derecho.

Horacio Cartes, quien en el 2017 intentó vulnerar la Constituci­ón para seguir en el Palacio de López, lo ha vuelto a consumar esta vez de la mano de sus acólitos que están en el Congreso y con fueros: solo resta que el Ministerio Público y la judicatura se apresuren a poner las cosas en su lugar, pues el país no debe volver a estar pendiente durante meses de la ocurrencia de un patrón, al que la legalidad le importa un bledo. Es preciso apresurars­e también para que no se acentúe el descrédito internacio­nal del país en cuanto al funcionami­ento de sus institucio­nes, con el correspond­iente impacto negativo en la economía, en particular en materia de inversione­s extranjera­s.

El presente y el futuro del Paraguay no deben estar supeditado­s al capricho de nadie. Defender la Constituci­ón, sin mayores dilaciones, supondrá brindar la seguridad jurídica necesaria para trabajar en libertad, con la certeza de que las reglas del juego del sistema democrátic­o se harán cumplir por igual para todos. Nadie está por encima de ellas: ni siquiera ciertos senadores y el poder que los maneja detrás del trono.

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