Justicia argentina ordena congelar bienes del expresidente Fernández
La Justicia argentina congeló los bienes y levantó el secreto fiscal y bancario del expresidente Alberto Fernández (2019-2023) y de varios colaboradores suyos, como parte de una investigación por presunta corrupción en torno a la contratación de seguros d
BUENOS AIRES (EFE). El juez federal Julián Ercolini, a cargo de la sala 11 del juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal, dispuso la inhibición general de bienes de Fernández y le levantó el secreto fiscal y bancario sobre sus cuentas en la causa que investiga si el mandatario favoreció, para la contratación de seguros del Estado, al esposo de su secretaria privada.
La medida abarca también a otras 32 personas, exfuncionarios, empresas y cooperativas investigadas. Tampoco podrán vender ni disponer de sus bienes.
La decisión abarca al intermediario Héctor Martínez Sosa y su esposa María Cantero, secretaria de Fernández, un vínculo que, para el juez, despierta la sospecha de que determinó el rol del exmandatario en la intermediación de seguros entre los entes estatales y Nación Seguros.
Fernández está imputado por un escándalo relacionado con la contratación de seguros por organismos públicos durante su Gobierno.
A Fernández se lo investiga por presuntas irregularidades en torno a un decreto que firmó en diciembre de 2021, por el que ordenó que todos los organismos públicos debían contratar los seguros en Nación Seguros, del estatal Banco Nación, en los que se habrían beneficiado amigos del exmandatario como intermediarios cobrando millonarias comisiones.
Pese a no necesitar gestores para contratar esos seguros, los organismos públicos utilizaron de intermediario al esposo de su secretaria y su amigo, Martínez Sosa, quien, además, figura como acreedor del expresidente en sus declaraciones juradas.
Desregulaciones
Por otro lado, el Gobierno de Javier Milei desreguló los precios
de la telefonía móvil, internet y televisión por cable, al anular un decreto de la Administración de Alberto Fernández.
El decreto publicado ayer justifica la decisión en que los servicios de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) “han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar los precios de sus servicios libremente”.
En cambio, el servicio básico telefónico mantiene su condición de servicio público. Un decreto firmado por Fernández en 2020 declaró los servicios de las TIC –la telefonía móvil y fija, a los servicios de internet y a la TV de pago– como “servicios públicos esenciales y estratégicos”.
Ese decreto habilitó a la autoridad de aplicación a regular los precios de esos declarados servicios públicos esenciales y estratégicos; asimismo, la obligó a reglar una prestación básica universal obligatoria a los licenciatarios.