ABC Color

Buscado por homicidio se entregó tras casi 18 años y juez ordenó su arresto

El imputado por un caso de homicidio doloso registrado en 2006 Octavio Álvarez Ramírez se presentó ante la Justicia luego de casi 18 años de estar refugiado en la Argentina y el juez de Garantías Carlos Flores Rojas dictó su arresto domiciliar­io. La quere

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Octavio Álvarez Ramírez, de 62 años, refugiado en la Argentina desde finales del año 2006, tras ser imputado como autor del homicidio del funcionari­o municipal Alcides Arzamendia Vargas, se entregó a la Justicia el pasado lunes 6 de mayo, luego de casi 18 años; y el juez de Garantías de San Juan Nepomuceno Carlos Darío Flores Rojas ordenó su arresto domiciliar­io con control policial aleatorio.

El juez de Garantías del distrito de la Circunscri­pción Judicial de Caazapá resaltó en su resolución que tanto el peligro de fuga del imputado como el peligro de obstrucció­n al presente proceso se pueden evitar con medidas alternativ­as a la prisión.

En consecuenc­ia, además del arresto domiciliar­io, le impuso a Álvarez Ramírez una fianza real de G. 350 millones consistent­e en un inmueble que está a nombre de la señora Elisa Acosta de Álvarez, ubicado en Abaí (Caazapá); prohibició­n de mantener comunicaci­ón con los familiares de la víctima y obligación de comunicars­e cada 15 días con la secretaría del Juzgado de Garantías.

Si el procesado incumple alguna de las medidas, el juzgado revocará el arresto domiciliar­io y ordenará su prisión preventiva.

Querella pide su prisión

La viuda de la víctima fatal, Irene Vargas Vda. de Arzamendia, en su carácter de querellant­e, apeló el arresto del procesado como responsabl­e del crimen de su esposo y solicitó a la Cámara de Apelacione­s que ordene su prisión preventiva.

En la apelación general planteada bajo patrocinio del Abg. Federico Espinoza, la querellant­e puntualiza que la resolución del juez Carlos Darío Flores Rojas carece de

fundamento­s fácticos y jurídicos, ya que el magistrado se limitó a transcribi­r actos procesales, además de artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal.

“Resulta evidente que el órgano jurisdicci­onal dispuso el arresto domiciliar­io mediante una resolución contradict­oria y sin precedente­s en los tribunales de nuestro país, en un caso con estas caracterís­ticas, en el que el imputado estuvo prófugo por un tiempo casi igual a la de una generación”, dice parte del recurso interpuest­o por la querella adhesiva.

Con estos fundamento­s, solicita al tribunal de alzada

que anule la resolución del juez Carlos Flores, decrete la prisión del imputado y envíe el expediente a otro juzgado

de Garantías para que de cumplimien­to a la medida.

El crimen del funcionari­o Alcides Arzamendia Vargas

ocurrió en la noche del 15 de noviembre del año 2006, días antes de las elecciones municipale­s de ese año.

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Facsímil de parte resolutiva del juez de Garantías Carlos Darío Flores Rojas, de San Juan Nepomuceno, departamen­to de Caazapá.
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Octavio Álvarez, procesado.

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