Buscado por homicidio se entregó tras casi 18 años y juez ordenó su arresto
El imputado por un caso de homicidio doloso registrado en 2006 Octavio Álvarez Ramírez se presentó ante la Justicia luego de casi 18 años de estar refugiado en la Argentina y el juez de Garantías Carlos Flores Rojas dictó su arresto domiciliario. La quere
Octavio Álvarez Ramírez, de 62 años, refugiado en la Argentina desde finales del año 2006, tras ser imputado como autor del homicidio del funcionario municipal Alcides Arzamendia Vargas, se entregó a la Justicia el pasado lunes 6 de mayo, luego de casi 18 años; y el juez de Garantías de San Juan Nepomuceno Carlos Darío Flores Rojas ordenó su arresto domiciliario con control policial aleatorio.
El juez de Garantías del distrito de la Circunscripción Judicial de Caazapá resaltó en su resolución que tanto el peligro de fuga del imputado como el peligro de obstrucción al presente proceso se pueden evitar con medidas alternativas a la prisión.
En consecuencia, además del arresto domiciliario, le impuso a Álvarez Ramírez una fianza real de G. 350 millones consistente en un inmueble que está a nombre de la señora Elisa Acosta de Álvarez, ubicado en Abaí (Caazapá); prohibición de mantener comunicación con los familiares de la víctima y obligación de comunicarse cada 15 días con la secretaría del Juzgado de Garantías.
Si el procesado incumple alguna de las medidas, el juzgado revocará el arresto domiciliario y ordenará su prisión preventiva.
Querella pide su prisión
La viuda de la víctima fatal, Irene Vargas Vda. de Arzamendia, en su carácter de querellante, apeló el arresto del procesado como responsable del crimen de su esposo y solicitó a la Cámara de Apelaciones que ordene su prisión preventiva.
En la apelación general planteada bajo patrocinio del Abg. Federico Espinoza, la querellante puntualiza que la resolución del juez Carlos Darío Flores Rojas carece de
fundamentos fácticos y jurídicos, ya que el magistrado se limitó a transcribir actos procesales, además de artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal.
“Resulta evidente que el órgano jurisdiccional dispuso el arresto domiciliario mediante una resolución contradictoria y sin precedentes en los tribunales de nuestro país, en un caso con estas características, en el que el imputado estuvo prófugo por un tiempo casi igual a la de una generación”, dice parte del recurso interpuesto por la querella adhesiva.
Con estos fundamentos, solicita al tribunal de alzada
que anule la resolución del juez Carlos Flores, decrete la prisión del imputado y envíe el expediente a otro juzgado
de Garantías para que de cumplimiento a la medida.
El crimen del funcionario Alcides Arzamendia Vargas
ocurrió en la noche del 15 de noviembre del año 2006, días antes de las elecciones municipales de ese año.