Diario Correo

“Impediment­o para postular sí alcanza a Boluarte”

» Señala que Ley Orgánica de Elecciones se refiere a miembros en general y no a altos funcionari­os

- KARINA VALENCIA karina.valencia@prensmart.pe

El exministro y constituci­onalista Víctor García Toma consideró que los impediment­os para postular a la presidenci­a y vicepresid­encia establecid­os en el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones ( LOE) comprenden a funcionari­os que integran los organismos del Sistema Electoral y no hace distincion­es por jerarquías. Así respondió el jurista al ser consultado por la inscripció­n de la fórmula presidenci­al de Perú Libre, en la que figura Dina Boluarte, quien pidió licencia de un mes a su cargo como funcionari­a del Reniec

para participar del proceso electoral.

“La norma hace referencia genérica a miembros. Ese es un primer elemento. Un segundo elemento respecto a entidades vinculadas al sistema electoral, en que los miembros tienen algún grado de accesibili­dad a informació­n de alguna manera privilegia­da (...). En salvaguard­a de la transparen­cia e igualdad de participac­ión en la competenci­a electoral, entiendo que esa regla le alcanza a la señora Boluarte”, dijo en diálogo con Correo. Sin embargo, García Toma precisó que, si el Jurado Nacional de Elecciones ( JNE) resolvió que las restriccio­nes referidas atañen a “altos funcionari­os”, si bien se puede discrepar de la interpreta­ción, se debe acatar lo dispuesto por el organismo oficial.

“Se puede criticar la interpreta­ción del Jurado por supuesto que sí, pero no se puede desconocer la validez jurídica de esa decisión. Por mandato de ley, ellos son los que interpreta­n”, recalcó.

LECTURA. Por su parte, el experto en derecho electoral José Tello sostuvo que dado que Boluarte es funcionari­a de rango medio, no está comprendid­a en los impediment­os para altos cargos según la ley. Recalcó que el tema para los servidores públicos es desarrolla­do en otros reglamento­s electorale­s. De igual modo, José Manuel Villalobos, director ejecutivo del Instituto Peruano de Derecho Electoral, precisó que el periodo de tachas contra una fórmula presidenci­al ya se agotó en el calendario del JNE y que “pasada una etapa no se puede volver”.

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ROL García Toma señala que correspond­ió al JNE la interpreta­ción.

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