Constitucionalistas confirman la improcedencia
» Víctor García Toma, Alejandro Rospigliosi y Ernesto Álvarez recuerdan también que la ley cuestionada por el gobierno fue ratificada por el TC
Tres constitucionalistas, consultados por Correo, coincidieron en señalar que el anuncio del Ejecutivo de presentar una cuestión de confianza ante el Congreso resulta una “maniobra distractiva” para tapar las críticas a la gestión del gobierno del presidente Pedro Castillo.
En esa línea, el expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, consideró que el Ejecutivo busca “cambiar el curso de la agenda política”.
“Los temas que se estaban viendo antes de este anuncio, son la vacancia, la acusación por traición a la patria, la conducta misógina del premier Aníbal Torres y los escándalos de corrupción. Esto es parte de una maniobra distractiva para generar un ambiente propicio previo a la llegada de la OEA”, aseguró García Toma. Además, remarcó que la cuestión de confianza está regulada por la Ley 31355 -aprobada por el Congreso en 2021- y que determina que solo se puede presentar esta herramienta cuando se trate de la política general del gobierno, “y no en competencias del Congreso”. Por su parte, el constitucionalista Alejandro Rospigliosi consideró que el rechazo del Congreso al pedido del Ejecutivo no puede considerarse como una denegatoria o denegatoria fáctica, tal como ocurrió en el gobierno de Martín Vizcarra, que originó la disolución del Parlamento en 2019. “Durante el gobierno de Martín Vizcarra no había ley que regule el uso de la cuestión de confianza. (.... En el caso del presidente Castillo, el Congreso aprobó una ley que regula esta herramienta y dice que el Ejecutivo no puede interpretar a su antojo. Esta ley determina que el Congreso establece qué entiende por denegatoria de la confianza”, explicó.
A su tiurno, Ernesto Álvarez, expresidente del TC, apuntó hacia el premier Aníbal Torres por intentar tapar las críticas por haber agraviado verbalmente a la periodista Sol Carreño. Además, subrayó que el Ejecutivo no puede presentar cuestión de confianza sobre proyectos relativos a atribuciones exclusivas del Congreso.