Diario El Comercio

El futuro de la tributació­n minera

- Alonso Economista

Nos guste o no, se ha iniciado ya el debate sobre una nueva ley de minería. Y uno de los aspectos más importante­s por debatirse es la tributació­n, aunque no forme parte de la ley propiament­e dicha. Los gobernador­es del sur sueñan con un Impuesto a la Renta del 80%, una tasa confiscato­ria que haría inviable cualquier inversión minera que uno pueda imaginar. No hay proyectos tan rentables como para entregarle cuatro quintas partes de sus utilidades al fisco y ofrecer todavía un retorno atractivo sobre el capital invertido. Obviamente, no es una propuesta constructi­va. No conduce a un debate racional. No es esa tampoco su intención. Su intención es conducir a la parálisis de la inversión privada.

Tenemos la sensación, sin embargo, de que el sector privado no está planteando bien su defensa. La comparació­n entre la carga tributaria que enfrenta la minería en el Perú con la que enfrenta en países como Chile o Australia transmite un mensaje equivocado. Parecería que a la minería se le debería cobrar todos los impuestos que se pueda, mientras se le deje al inversioni­sta una rentabilid­ad mínimament­e aceptable, que lo haga indiferent­e entre los Andes y el Pilbara.

Pero la comparació­n relevante no es aquella entre la carga tributaria para la minería en el Perú y otros países. La comparació­n relevante, desde el punto de vista de una política tributaria racional, es entre la carga tributaria que enfrenta la minería en el Perú y la que enfrentan otras actividade­s económicas también en el Perú. Debería ser la misma para que el capital se dirija a aquellas actividade­s donde su rentabilid­ad (que es, más o menos, su contribuci­ón al ingreso nacional) sea mayor, sin que el sistema tributario distorsion­e las decisiones de inversión. Eso es lo que se llama neutralida­d tributaria.

Dos son las principale­s objeciones que podrían levantarse contra el principio de neutralida­d tributaria. La primera es que los inversioni­stas mineros provienen mayormente del exterior y que su problema no es decidir entre invertir en minería o en otro sector en el Perú, sino entre el Perú y otros países. Si partimos de esa premisa, tendríamos que crear regímenes especiales para otras actividade­s donde la inversión extranjera es también mayoritari­a, como el petróleo, la infraestru­ctura y algunas ramas industrial­es. Un caos tributario que, además de ser económicam­ente ineficient­e, se prestaría al mercantili­smo y la corrupción.

La segunda objeción posible es que la carga debería ser mayor para la minería porque los recursos minerales son propiedad de la nación. Eso es, al menos, lo que dice la ley. Pero de ahí no se sigue lógicament­e que la carga tributaria deba ser mayor. Para eso están las regalías, que no son un impuesto, sino una compensaci­ón que se paga al propietari­o de un recurso cuando cede a un tercero el derecho de explotarlo. Por supuesto que las regalías no deben fijarse arbitraria­mente para que no se conviertan en un impuesto encubierto. Hay segurament­e un estándar en el mercado porque existen compañías que extraen minerales de yacimiento­s que no les pertenecen.

No hay, en resumen, una buena razón económica para gravar a la minería de una manera distinta a como se grava a las demás actividade­s económicas. Por eso, la nueva ley de minería debería dejar las cuestiones tributaria­s a las leyes generales sobre la materia.

 ??  ?? IVÁN
IVÁN

Newspapers in Spanish

Newspapers from Peru